México
Bandera del Ejército Trigarante: la verdadera Independencia de México
Este símbolo cobijó a las fuerzas realistas e insurgentes para poner fin a la guerra que dio nacimiento a nuestra nación
Por: Ana G Silva
El 24 de febrero de 1821, el sastre José Magdaleno Ocampo entregó al emperador Agustín de Iturbide la bandera del Ejército Trigarante, la cual simbolizaba el pacto entre realistas e insurgentes establecido en el Plan de Iguala. Tres días antes se dio el famoso “Abrazo de Acatempan”, entre este personaje y Vicente Guerrero, líder de las fuerzas independentistas mexicanas. Hecho que finalmente el fin de la colonia española.
La bandera tenía tres colores: blanco, verde y rojo, mismos que se conservaron para la que hoy es la bandera oficial de México, aunque con un significado distinto, pues en ese entonces el blanco simbolizaba la pureza de la religión católica; el verde el ideal de independencia política; y el rojo el ideal de la unión entre todos los mexicanos, sin importar su procedencia; además estos colores estaban en diagonal y también tenían tres estrellas . Se podría decir que esta fue la bandera original del país.
Esta bandera fue modificada meses después, una vez lograda la Independencia, donde se le agregó, al centro un escudo bordado con la corona real, rodeada por las palabras “Religión, Independencia, Unión”. De acuerdo con el portal del Gobierno de México, esta bandera del Batallón de Infantería en la Línea Provincial de Puebla “mostraba su adhesión a la independencia y a la forma monárquica de gobierno”.
Editorial Clío, en el video de la series de Minibiografías “Agustín de Iturbide”, donde narró en video dedicado a la biografía de Agustín de Iturbide, que esta historia comenzó en 1820, cuando Iturbide fue enviado a pelear contra las tropas de Vicente Guerrero, uno de los últimos insurgentes, pero al mismo tiempo formaba parte de un grupo que planeaba conspirar para lograr la independencia de México, por lo que el realista y el insurgente intercambiaron cartas para reunirse en Acatempan, Guerrero, el 21 de febrero de 1821.
El 24 de febrero de 1821 estos personajes históricos firmaron el Plan de Iguala, en el que se establecen las 3 garantías que sustentaron su pacto: el respeto a la religión católica, la independencia y la unión de europeos y americanos sin distinción de castas, mismas que, como se mencionó anteriormente, se plasmaron en una bandera con los colores que Iturbide designó como nacionales. No obstante, su intención no era un proyecto independentista sino de pacificación.
Clío detalla que con las tropas de Iturbide y Guerrero se conformó el Ejército Trigarante, que fue un paseo triunfal al que se sumaron autoridades civiles y militares, que habían pertenecido al ejército realista, así como de organizaciones insurgentes, sumando una fuerza de 16 mil 134 elementos.
Para el 24 de agosto de ese año, el virrey Juan O’Donojú dialogó con Iturbide en Córdoba, donde el monarca reconoció la independencia mexicana.
La revista Nexos, en el texto titulado “Iturbide: El valiente, el héroe, el traidor” de Mauricio Tenorio Trillo, explicó que Iturbide esperó hasta el jueves 27 de septiembre de 1821 para hacer la entrada triunfal del Ejército Trigarante , pues ese día era su cumpleaños, donde, según la recopilación “Momentos Estelares del Ejército Mexicano” de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), las tropas de las Tres Garantías salieron de Tacubaya, pasando por Chapultepec, incorporándose al camino de Tacuba, para entrar a la capital del país, culminando así, después de 11 años, la llamada Guerra de Independencia.
Al día siguiente, fue firmada el acta que declaraba la independencia de la Nueva España para crear el nuevo “Imperio Mexicano”. Un año después, Iturbide se convirtió en emperador de México, pero, en 1823, abdicó al trono y partió con su familia a Europa. El Congreso lo declaró traidor y enemigo de México condenando a muerte si regresaba al país.
Agustín de Iturbide regresó a México para advertir y activar una defensa, ya que España y sus países aliados tenían un plan de reconquista; sin embargo, una vez que pisó tierra mexicana fue aprendido y poco después, en 1824, fue fusilado.
Mauricio Tenorio Trillo explicó que los historiadores hicieron lo posible por borrar de la memoria de los mexicanos los logros de Agustín de Iturbide, incluyendo la consumación de la Independencia, y la adjudicación de le atribuyeron sus enemigos de “sed de poder absoluto” no corresponde del todo a la verdad histórica.
“1820 vio nacer a Iturbide el héroe, el más popular que la América del Septentrión había conocido hasta entonces. Una heroicidad que duró, sin embargo, pocos años: para 1824 Iturbide era el primer traidor absoluto de la historia nacional, uno de esos villanos indispensables para las historias patrias”, destacó la revista en el texto.
El pasado 27 de septiembre, la bandera del Ejército Trigarante reapareció en un acto público, cuando el presidente Andrés Manuel López Obrador encabezó la ceremonia de los 200 años de la consumación de la Independencia en la Plaza de la Constitución en la Ciudad de México en donde se llevó a cabo un desfile.
En el evento el presidente de México ondeó la bandera del Trigarante para conmemorar la tregua entre realistas e insurgentes en Acatempan, en un acto que calificó como un recordatorio de la unidad que debe primar en el país.
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México
Acusaciones de seguridad podrían debilitar a México en revisión de T-MEC
Chalita exigió que se respete un marco de derecho “por igual entre los iguales”, señalando que no se puede aplicar una “doble vara”
Por: Redacción
México se encamina a la revisión del T-MEC en una posición de vulnerabilidad por la falta de certeza jurídica y la opacidad en la política interna, advirtió Jaime Chalita Zarur, Presidente del Consejo Empresarial Mexicano (CEM). En este contexto, subrayó que el país se juega su credibilidad en la mesa de negociación del tratado, en medio de un “escándalo internacional” que inhibe la llegada de capitales justo cuando se busca aprovechar la relocalización de empresas (nearshoring).
El líder empresarial recordó que el proceso de revisión debe concluir el 1 de julio de 2026, conforme al Artículo 34.7 del acuerdo, fecha en la que los socios deberán confirmar por escrito su continuidad. Llegar a este punto sin orden institucional, advirtió, pone en riesgo la estabilidad comercial de México, además de que cualquier decisión sin respaldo del sector empresarial o bajo un sistema de justicia selectivo representará un retroceso económico para el país.
Ante el clima de polarización política, Chalita exigió que se respete un marco de derecho “por igual entre los iguales”, señalando que no se puede aplicar una “doble vara”. El debate actual evidencia una contradicción institucional: mientras se critica a la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, por presuntos desacatos y falta de comunicación con la presidencia, existe una grave acusación de protección hacia el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, frente a señalamientos penales provenientes del extranjero. Esta disparidad en la aplicación de la justicia, afirmó, debilita la credibilidad de México ante sus socios comerciales.
El CEM alertó que esta falta de gobernanza equitativa abre la puerta a una negociación desfavorable, donde México podría verse presionado a ceder sectores estratégicos a cambio de estabilidad política. Asimismo, denunció que el sector privado enfrenta reglas diseñadas de manera unilateral y sin consulta, lo que limita el respaldo técnico de los negociadores nacionales ante nuevas exigencias, particularmente en materia de seguridad.
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México
Postura de la presidenta Shenbaum ante el caso Rocha Moya
La presidenta aseguró que el caso contra el gobernador de Sinaloa será analizado con base en pruebas… no en señalamientos
Por: Redacción
Durante la Conferencia del Pueblo de este 30 de abril, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo se posiciónó sobre el caso Rubén Rocha Moya, gobernador de Sinaloa, acusado por los Estados Unidos de relacionarse con el crímen organizado. Esto fue lo que mencionó
Al pueblo de México:
El 28 de abril por la noche, la Secretaría de Relaciones Exteriores recibió 10 documentos solicitando la detención provisional con fines de extradición para 10 ciudadanos mexicanos.
El 29 de abril, la misma Secretaría, de acuerdo con el marco normativo vigente, turnó la información recibida a la Fiscalía General de la República para la evaluación de dichas solicitudes conforme a la legislación mexicana.
El miércoles 29 de abril al mediodía, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América para el Distrito Sur de Nueva York, hizo público el levantamiento de cargos contra 10 ciudadanos mexicanos, entre los que se encuentra: el gobernador en funciones de Sinaloa, el senador por Sinaloa y el alcalde de Culiacán.
Anexo a esta acusación, publicó un documento denominado en español “Acusación de Reemplazo Bajo Reserva”.
Esto llevó a un extrañamiento del jurídico de Relaciones Exteriores, dado que estos procesos son confidenciales acorde con los Tratados en la materia.
Ayer por la tarde, la Fiscalía General de la República emitió un comunicado en el que establece lo siguiente:
Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales y las leyes aplicadas en la materia, es obligación de la Fiscalía, a través de la Fiscalía Especial para Asuntos Internacionales, analizar la documentación recibida con la finalidad de establecer, con toda exactitud, si existen los elementos probatorios necesarios para tal fin y, en su caso, sobre la viabilidad de la solicitud.
De manera paralela, la Fiscalía General de la República señaló que iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria para conocer si existen datos de prueba que establezcan la eventualidad de que la acusación hecha por las autoridades estadounidenses cuenten con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión.
La propia Fiscalía General de la República estableció que la legislación mexicana señala claramente que para solicitar a la autoridad judicial una orden de aprehensión se requiere presentar datos de prueba que infieran la posibilidad de que alguna persona ha cometido un delito.
Desde que asumí la Presidencia de México, juré hacer respetar la Constitución y las leyes.
Asimismo, asumí el firme compromiso de velar por el bienestar del pueblo y la defensa de la soberanía nacional.
México es un país grandioso, con un pueblo generoso y trabajador.
México establece una relación de iguales con todas las naciones, nunca de subordinación y menos de entreguismo.
Como Presidenta de la República, mi posición ante estos hechos es: verdad, justicia y defensa de la soberanía.
Es decir, si la Fiscalía General de la República, que es la autoridad competente, recibe pruebas contundentes e irrefutables conforme a la legislación mexicana o en su propia investigación encuentra elementos constitutivos de un delito deberá proceder conforme a derecho bajo nuestra jurisdicción.
Lo he dicho siempre de forma clara y hemos actuado en consecuencia: nosotros no vamos a cubrir a nadie que haya cometido un delito.
Sin embargo, si no existen pruebas claras, es evidente que el objetivo de estas imputaciones por parte del Departamento de Justicia es político.
Debe quedar sumamente claro: bajo ningún motivo vamos a permitir la intromisión o injerencia de un gobierno extranjero en las decisiones que le competen exclusivamente al pueblo de México.
Verdad, justicia y defensa de la soberanía. Esta es nuestra posición.
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México
FGR comparte posicionamiento oficial
La Fiscalía iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria que demuestren la acusación
Por: Redacción
La Fiscalía General de la República informa que en este, como en cualquier otro caso de solicitud internacional, debe cumplir todos y cada uno de los procedimientos y protocolos establecidos en la normatividad vigente en la materia.
En este caso, hemos sido notificados por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores de las solicitudes de detención provisional con fines de extradición hechas por el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales y las Leyes aplicables en la materia, es obligación de esta Fiscalía, a través de la Fiscalía Especial para Asuntos Internacionales, analizar la documentación recibida, con la finalidad de establecer, con toda exactitud, si existen los elementos probatorios necesarios para tal fin y, en su caso, sobre la viabilidad de la solicitud.
De manera paralela, esta Fiscalía General de la República iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria para conocer si existen datos de prueba que establezcan la probabilidad de que la acusación hecha por las autoridades estadounidenses cuente con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión.
Como es del conocimiento público, la legislación mexicana señala claramente que para solicitar a la autoridad judicial una orden de aprehensión se requiere presentar datos de prueba que infieran la posibilidad de que alguna persona ha cometido un delito.
No obstante, el Tratado Bilateral en la materia refiere, con toda precisión, que solamente se concederá la extradición si se determina que las pruebas son suficientes, conforme a las leyes de la parte requerida, en este caso de nuestro país.
De manera particular, es necesario precisar que dicha solicitud no se acompaña de elementos probatorios suficientes, que aporten evidencias contundentes respecto de los hechos narrados.
Además, es necesario referir que la propia solicitud de los Estados Unidos de América requiere que el Gobierno de México tome las medidas necesarias para asegurar que la información contenida en cualquier solicitud de detención provisional o de extradición que haya sido entregada o vaya a ser entregada, no sea divulgada ni se haga del dominio público, como ocurrió con este caso en particular, por propio dicho de las autoridades estadounidenses.
Lo anterior toma en cuenta, de acuerdo con la propia misiva, que dar a conocer dicha información con otros fines distintos podría ser en detrimento de la naturaleza confidencial de los procedimientos penales en los Estados Unidos y contrario a las normas procesales que los gobiernan.
La propia Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas establece que deben tomarse las medidas correspondientes a fin de que toda la información y documentación que se remite en este tipo de casos se maneje con carácter confidencial y reservado, a efecto de proteger la información que ha sido transmitida.
Por otra parte, la legislación mexicana refiere que en el caso de gobernadores y senadores, se requiere iniciar un juicio de procedencia para obtener una declaratoria que retire la inmunidad procesal a las personas servidoras públicas que ostenten dichos cargos.
Para la Fiscalía General de la República es fundamental cumplir a cabalidad con todo lo que mandata la Ley, con pleno respeto a la soberanía nacional, ya que de lo contrario se violentaría el Estado de Derecho, así como los derechos y las garantías de las personas requeridas, que al igual que en el Estado requiriente, son inalienables.
Al margen de la Ley, nada; por encima de la Ley, nadie.
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