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32 años de cárcel, la sentencia para el Cayeyo Jr
El Cayeyo Jr tendrá qué pagar además una sanción por 245 mil pesos, 230 mil a la familia de la víctima y todos los gastos funerarios
Por: Redacción
Ayer lunes, Eduardo N, “el Cayeyo Jr”, fue sentenciado a 32 años de prisión por el delito de homicidio calificado, con las agravantes de ventaja y traición.
Además, el tribunal dispuso que el homicida pague una sanción pecuniaria de 245 mil pesos, cantidad a la que se suma el pago por la reparación del daño a la familia de la víctima, en este caso 230 mil pesos.
El Cayeyo Jr también tendrá que amortizar el pago correspondiente a los servicios funerarios de su víctima.
La audiencia de ayer fue la penúltima del juicio oral, cuya duración se alargó por más de un mes, que la Fiscalía General del Estado promovió contra el joven por el homicidio de su amigo Eugenio, el 5 de mayo del 2017.
La defensa de Cayeyo Jr dijo ayer en entrevista, al finalizar la audiencia de individualización de la pena, que están inconformes con el proceso, según mencionó el abogado Rafael Aguilar Hernández. “Realmente esta es una consecuencia de lo que se resolvió respecto del delito que se le atribuye a Eduardo N. Vamos a impugnar el fallo, el término se empieza a correr en la audiencia de próximo lunes, en que se va a dar lectura a la sentencia completa.
El tribunal de juicio oral que determinó la pena para Cayeyo Jr explicó que los 32 años de prisión eran impuestos dado que fue encontrada sobre Eduardo N una culpabilidad media, a lo que Aguilar Hernández dijo “tampoco es acorde a lo que hay en el expediente. El juez relator menciona que como no se supo el motivo o el móvil del homicidio, entonces por eso le decretaban una culpabilidad media”.
El vocero del equipo de abogados de Eduardo N explicó que la defensa confía en que el caso se termine resolviendo en favor de su cliente: “Esto es algo que teníamos presupuestado desde que inició el juicio oral, sin embargo, hubo muchas expectativas de nuestra parte de que se le decretara la libertad absoluta en la sentencia, por todos los errores en la integración de la carpeta de investigación. Sin embargo, analizando el asunto y las circunstancias que todo esto envuelven, estábamos seguros que nos íbamos a tener que ir hasta el amparo indirecto, allá estamos seguros que esto se tiene que revertir”.
Rafael Aguilar Hernández dijo que Cayeyo Jr “está triste, ustedes lo vieron, vieron la actitud de él en la audiencia. Obviamente, a nadie le gusta ser señalado y sentenciado por un delito que no ocurrió como la Fiscalía lo planteó y mucho menos con una sentencia tan larga”.
Por su parte, Eduardo Castañón , tío de Eugenio, dijo en entrevista que “Las cosas siempre terminan como deben de terminar. Yo creo que es justo. Es muy difícil obtener las penas máximas, pero las penas de 30 años, es toda una vida. Al menos quien privó de la vida a Eugenio tendrá que pagar con una parte muy importante de su propia vida, detenido. Nosotros vamos a hacer lo necesario para que se cumpla con la pena que los jueces impusieron”.
Castañón además dijo que “siempre me quedará un mal sabor de boca por la posición de la defensa, más porque alguno de ellos formó parte del Poder Judicial de este estado. La verdad es increible cómo pueden cambiar la postura, cómo pueden haber sido parte del Poder Judicial y haber participado en juicios en donde los mismos peritos, utilizando las mismas pruebas, en ese momento eran válidas y ahora su única defensa es que los peritajes habían sido llevados a cabo por gente que no tenía la capacitación. Eso es gravísimo, porque al menos habrá 800 presos dentro el penal que fueron condenados con las pruebas periciales”.
EL CASO
La madrugada del 5 de mayo de 2017, Eduardo N, “Cayeyo Jr”, asesinó -en su casa del Fraccionamiento Campestre– a Eugenio Castañón, y dos años después, apenas el lunes 13 de mayo de este año, un tribunal de juicio oral en el Centro de Justicia Penal ubicado junto al Cereso de La Pila, declaró culpable a “Cayeyo” de homicidio calificado con las agravantes de ventaja y a traición.
Este caso resultó relevante debido al lazo que tienen las familias de ambos jóvenes, tanto Cayeyo como Eugenio Castañón, con el fiscal general del Estado, Federico Garza Herrera. Por un lado la víctima sostenía una relación sentimental con la hija de Garza Herrera, mientras, Eduardo N en su declaración del 13 de mayo pasado, sostuvo que el fiscal era el abogado de su padre, un empresario ganadero.
“Me abstengo de contestar, lo único que sí les puedo decir es que no soy padrino de quien se me dice que soy padrino y nunca fui ni he sido abogado de quién dicen”, había dicho Garza Herrera a La Orquesta en mayo de 2015, acerca de sus supuestos nexos con Cayeyo Jr.
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Mataperros de Soledad obtiene amparo y evita su detención
Aunque la Fiscalía ya había obtenido una orden de aprehensión, un juez federal le concedió una suspensión dentro de un juicio de amparo
Por: Redacción
El hombre señalado por presuntamente haber matado a balazos a dos perros en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez no será detenido por el momento, luego de obtener una suspensión federal dentro de un juicio de amparo que frena la ejecución de la orden de aprehensión girada en su contra.
Así lo confirmó María Manuela García Cázares, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien explicó que la dependencia ya había integrado la carpeta de investigación por presunto maltrato animal y conseguido una orden de captura emitida por un juez de Control. Sin embargo, antes de que ésta pudiera ejecutarse, el imputado recurrió a la justicia federal.
La fiscal detalló que el Juzgado de Distrito concedió una suspensión para evitar que el hombre sea detenido mientras se resuelve el procedimiento de amparo, aunque la protección judicial está condicionada al cumplimiento de diversas medidas.
Entre ellas, deberá cubrir una garantía económica y acudir periódicamente ante la autoridad judicial para acreditar que permanece a disposición de la justicia: “Está concedida la suspensión para efecto de que no se le detenga”, señaló García Cázares.
La funcionaria precisó que la orden de aprehensión sigue vigente y podría ejecutarse si el acusado incumple cualquiera de las condiciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación.
Por ahora, el caso que provocó indignación entre colectivos animalistas y usuarios de redes sociales permanece en una fase de espera, mientras las autoridades verifican que el imputado cumpla con las obligaciones derivadas del amparo.
El hecho ocurrió recientemente en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez, donde dos perros fueron asesinados a balazos, un caso que generó una fuerte condena pública y reavivó el debate sobre las sanciones por maltrato animal en San Luis Potosí.
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SSPCE cuestiona a jueces que liberan a detenidos por delitos graves
Jesús Juárez aseguró que muchas liberaciones no obedecen a errores policiales, sino a decisiones judiciales
Por: Redacción
Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, criticó los criterios utilizados por algunos jueces federales para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a personas detenidas por delitos graves, al considerar que estas resoluciones debilitan el trabajo de las corporaciones de seguridad y pueden representar un riesgo para la ciudadanía.
El funcionario sostuvo que, en diversos casos, las liberaciones no obedecen a fallas en las detenciones realizadas por policías estatales o municipales, sino a decisiones tomadas posteriormente por las autoridades judiciales: “La situación de la liberación no tiene que ver incluso con la actuación policial”, afirmó.
Juárez explicó que las corporaciones suelen realizar investigaciones, operativos y puestas a disposición conforme a los procedimientos establecidos; sin embargo, señaló que algunos jueces optan por imponer medidas cautelares que permiten a los imputados enfrentar sus procesos en libertad.
Según el titular de Seguridad, existe una tend encia de algunos juzgadores a privilegiar criterios garantistas sobre la prisión preventiva, incluso en asuntos relacionados con delitos de alto impacto o portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
“Entiendo yo, es una percepción, que hay jueces federales muy garantistas; prefieren dar otra medida en libertad que la prisión preventiva”, expresó.
El secretario advirtió que este tipo de resoluciones generan frustración entre los cuerpos de seguridad, debido a que muchas detenciones son resultado de meses de investigación, seguimiento e inteligencia operativa.
Además, aseguró que las corporaciones han documentado casos en los que personas liberadas posteriormente reinciden en actividades delictivas, situación que consideró especialmente preocupante cuando deriva en nuevos hechos violentos.
“Lo hemos visto. Son liberados y luego privan de la vida a otra persona. Es lo más grave y es lo que deberían considerar los jueces federales o locales”, señaló.
Juárez Hernández consideró que cuando existen elementos que acreditan la portación de armas largas o la probable participación en delitos de alto impacto, los juzgadores deberían analizar con mayor firmeza la aplicación de la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, para evitar que los imputados continúen operando mientras enfrentan un proceso penal.
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Fiscalía de SLP investiga un aborto practicado fuera del plazo legal
El caso fue detectado por una clínica del IMSS tras atender a una mujer con sangrado después de las doce semanas de embarazo.
Por: Redacción
De los cinco abortos que reportó el Secretariado de Seguridad en lo que va del año, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) tiene abierta una sola carpeta de investigación penal, correspondiente a un procedimiento practicado fuera del límite legal de doce semanas, confirmó María Manuela García Cázares, titular de la dependencia.
El Congreso del Estado, en cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reformó la legislación local en materia de aborto: el procedimiento es legal antes de las doce semanas de gestación y puede practicarse en los centros hospitalarios autorizados. A partir de esa semana se considera delito.
El único caso bajo investigación este año fue detectado por una denuncia de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): una mujer llegó con sangrado y se determinó que el aborto había sido provocado después del límite legal. García Cázares no precisó en qué municipio ocurrió ni si hay personas imputadas.
Los otros cuatro registros del Secretariado no han llegado a la Fiscalía. La titular explicó que corresponde a la Secretaría de Salud verificar que los procedimientos se hayan practicado dentro de las doce semanas antes de que puedan ser atendidos en los centros autorizados.
En cuanto a quienes obliguen a una mujer a abortar —otro supuesto previsto en el Código Penal— García Cázares recordó el caso del año pasado: un médico que practicó un aborto ilegal y causó la muerte de la paciente. No informó si ese proceso concluyó ni cuál fue su resolución.
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