diciembre 26, 2025

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Congreso del Estado

Será obligación de ayuntamientos la difusión de eventos turísticos en sitios web

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El Congreso del Estado aprobó una iniciativa impulsada por el diputado José Antonio Lorca Valle para reformar la Ley de Turismo del Estado

Por: Redacción

A propuesta del diputado José Antonio Lorca, el pleno del Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí, para establecer la obligación para los ayuntamientos de realizar la difusión de eventos de carácter turístico en sus páginas web.

De esta manera, se establece como obligación de los referidos ayuntamientos, el difundir y promover en su página web institucional, las fiestas tradicionales, eventos culturales, espectáculos, gastronomía, ferias, y demás eventos realizados en su demarcación, que constituyan atractivos turísticos.

Se indica que en esta difusión, se incluirán eventos realizados tanto por el sector público como por el privado, debiendo en este último caso, así como cuando se trate de instituciones de otros órdenes de gobierno, integrarlos por solicitud de quien los promueve.

En el dictamen respectivo, se indica que las acciones tendentes a lograr atraer a un mayor número de turistas hacia el interior del estado, ciertamente está circunscrito a los atractivos turísticos, naturales, históricos, arquitectónicos y a la infraestructura turística con que cuenta cada municipio, y se ve fortalecido sin duda por la promoción y difusión que los mismos lleven a cabo en torno a sus fiestas, eventos culturales, espectáculos, gastronomía, ferias, y demás eventos que puedan llamar a las y los turistas a visitar los municipios del estado.

Los municipios de las cuatro regiones del estado cuentan con una serie de atractivos turísticos, paisajes naturales, sitios históricos, museos, balnearios, lugares para practicar el turismo de aventura, o poseen una arquitectura o gastronomía que atrae a las y los turistas a adentrarse a nuestros pueblos y ciudades.

Sin embargo, se celebran también de forma continua, fiestas tradicionales, eventos culturales, espectáculos, gastronomía, ferias, y demás eventos que llaman a las y los turistas a visitar los municipios del Estado, y que constituyen también un atractivo para que el turismo se dirija hacia esos lugares.

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Congreso del Estado

Las personas que integran en consejo ciudadano de la CEDH no podrán ser consideradas servidores públicos

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Fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

Por: Redacción

En sesión del Congreso del Estado fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en relación a la integración del Consejo Ciudadano de dicho organismo, a fin de establecer que las personas que integran dicho consejo serán regidas por el artículo 49 de la ley y no podrán ser considerados servidores públicos.

El dictamen, presentado por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, tiene como finalidad reafirmar el carácter ciudadano y honorífico del Consejo de dicho organismo, para dar certeza jurídica, evitar interpretaciones erróneas que burocraticen su naturaleza, y preservar su función como órgano de representación de la sociedad civil en la supervisión y definición de políticas públicas en materia de derechos humanos.

El texto vigente del artículo 39 de la Ley establece que el Consejo está compuesto por ciudadanas y ciudadanos, representando a la sociedad civil, y que tiene como funciones discutir, guiar, decidir y supervisar las políticas públicas en materia de derechos humanos. Sin embargo, no establece con claridad que sus integrantes no tienen la calidad de servidores públicos, lo cual ha dado lugar a interpretaciones ambiguas, que han afectado el normal funcionamiento del órgano.

Actualmente, se ha considerado como servidores públicos a los integrantes del consejo de la comisión de derechos humanos, lo que ha provocado confusión normativa. Por ello, se propuso adicionar al artículo 39 el siguiente enunciado: “…quienes no podrán ser considerados Servidores Públicos”.

Con esta modificación, se precisa de manera expresa la naturaleza ciudadana y honorífica del Consejo, evitando con ello cualquier interpretación errónea que tienda a burocratizar su labor y desnaturalizar su papel como representante auténtico de la sociedad civil.

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Congreso del Estado

Congreso va con todo contra médicos fake y clínicas patito

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Se sancionará con una pena de inhabilitación, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados

Por: Redacción

Con el fin de sancionar el ejercicio indebido de la profesión y ostentación de especialidades médicas no reconocidas, la reincidencia en faltas graves de atención así como la sustitución arbitraria de medicamentos prescritos, se analiza una iniciativa de reforma a diversos artículos del Código Penal del Estado.

 

La propuesta plantea que “este delito se sancionará con una pena de inhabilitación de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o privación en caso de reincidencia, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados, según sean dolosos o culposos, bajo esta última forma de realización será perseguible por querella, y estarán obligados a la reparación de los daños por sus actos propios o de sus auxiliares, cuando éstos obren de acuerdo con las instrucciones de aquellos. Además de los gastos médicos y/o funerarios que en su caso resulten.

 

En el caso de que un médico se ost ente con una especialidad no validada l

egalmente o en caso de reincidencia por cualquiera de los supuestos anteriores, la punibilidad señalada en el artículo 246, se aumentara en una mitad….en estos casos se impondrá una pena de dos años a seis años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

 

A los responsables, encargados o empleados de una botica o farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente recetada, por otra que cause daño o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se les impondrá una pena de un mes a tres años de prisión, y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización, además de la reparación del daño ocasionado.

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Congreso del Estado

Porpone Congreso Reforma de Ley en casos de abuso sexual en escuelas

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El establecimiento de protocolos claros permitirá protegera la víctima desde el primer momento y brindar certeza jurídica alpersonal escolar

Por: Redacción

La fundación internacional Granito de Arena A.C. y el diputado Luis Fernando Gámez Macías presentaron una iniciativa de reforma a la Ley de Educación del estado en materia de protección integral de niñas, niños y adolescentes ante casos de violencia sexual en entornos
escolares.

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece la obligación de cualquier persona de denunciar los delitos cometidos en contra de menores de edad. En consecuencia, resulta necesario armonizar la Ley de Educación del Estado con el marco nacional e internacional, para establecer expresamente la obligación de denuncia inmediata por parte de todo el personal educativo, directivo y administrativo.

El establecimiento de protocolos claros y obligatorios permitirá protegera la víctima desde el primer momento; brindar certeza jurídica al
personal escolar, evitando que su actuación quede sujeta a interpretaciones discrecionales; articular la actuación del sistema educativo con la Fiscalía General del Estado y las Procuradurías de Protección del DIF estata

l y municipales y capacitar de manera periódica
a todas las personas que laboran en el sistema educativo sobre sus deberes legales y procedimientos.

Con estas reformas, San Luis Potosí se coloca a la vanguardia en la protección integral de la infancia, respondiendo a una deuda histórica con quienes han sufrido abuso sexual sin que sus voces fueran escuchadas.

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Opinión

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