octubre 1, 2026

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¿Quieres tramitar un permiso para consumir marihuana? Aquí te decimos cómo

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Víctor Meade es una de las 200 personas en México que ya cuentan con esta autorización, ahora ofrece su ayuda para hacer este trámite

Por: Bernardo Vera

Víctor Meade, colaborador de La Orquesta y estudiante de derecho en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), es uno de los pocos ciudadanos mexicanos que ha logrado obtener una autorización emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Comisión Federal Para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), que le permite el consumo lúdico de marihuana; un proceso que atravesó por múltiples trabas burocráticas, pero al final, con las herramientas legales para poner a prueba el sistema legal de nuestro país, logró ejercer su derecho para la portación y consumo de esta planta. Ahora Víctor ofrece su asesoría para que cualquier persona que desee tener un permiso como el suyo, pueda acceder a él.

¿POR QUÉ ES POSIBLE SOLICITAR UN PERMISO?

Víctor contó el contexto general de la situación y el hueco legal que le permitió acceder a esta alternativa, luego de la contradicción detectada en la Ley General de Salud, respecto a la prohibición absoluta del consumo de cannabis y las autorizaciones que debían ser emitidas por la Cofepris; dicho asunto escaló a la SCJN y fue expuesta en junio de 2021 por diferentes asociaciones en el país.

“A partir de que varias organizaciones empezaron a promover amparos diciendo que este artículo era inconstitucional, al final el asunto llegó a la Suprema Corte y resolvió que la prohibición absoluta al consumo de cannabis de manera lúdica era inconstitucional porque estaba violando el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, manifestó.

El derecho al libre desarrollo de la personalidad, según Meade, es el espacio de la vida privada de cada ciudadano en el que el gobierno no puede inmiscuirse, siempre que no afecte los intereses o se genere daño a otras personas. Por esta razón, aseguró, la prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana fue una medida desproporcionada, y violaba el derecho de las personas a decidir cómo pasan su tiempo:

“Lo que hace la Corte es que, al ser inconstitucional que la Ley General de Salud prohíba de manera absoluta el consumo de cannabis, se da un tiempo al Congreso de la Unión para que supere la inconstitucionalidad; es decir, que eliminen la prohibición absoluta y lo permitan, como ellos quieran, pero deben quitarlo”.

Víctor narró que la SCJN le concedió un plazo al Congreso de la Unión para eliminar la prohibición absoluta, situación que no resolvió; por lo que la Corte asumió sus propias facultades de retirar artículos del ordenamiento legal, cuando consideran que son inconstitucionales. “Básicamente lo que hace la Corte es eliminar esos artículos prohibitivos de la Ley General de Salud”, apuntó.

A partir de que la SCJN emitió dicho ordenamiento, la Cofepris perdió capacidad de actuación, sin mayor remedio que acatar la disposición, para lo cual, el interesado debe presentar un escrito con base en lo dicho por la Corte. Sin embargo, la Cofepris había negado todas las solicitudes hechas para que se emitieran las autorizaciones.

“Dicha negativa es una omisión directa al mandato de la declaratoria general de inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte. Entonces ¿qué haces cuando la Corte dice que sí tienes derecho, que sí te deben de expedir la autorización, pero la Cofepris no lo hace? Tienes que iniciar un procedimiento judicial ante el Poder Judicial de la Federación, se llama ‘denuncia de incumplimiento a una declaratoria general de inconstitucionalidad’ y esto es un proceso rápido, tiene plazos más cortos. Después de unos cuantos días, el juzgado tendrá que valorar la respuesta de la Cofepris y le ordenará que emitan la autorización que le solicitaron”.

¿CÓMO SE OBTIENE?

Víctor es actualmente una de las cerca de 200 personas en todo el país que cuentan con una autorización, y nos contó que tuvo que pasar por todo el procedimiento legal para el inicio de estos trámites. Adelantó que estos requieren paciencia de parte de la o el interesado, debido a que el propio sistema los obstruye:

“Una de las trabas es que para que puedas ir a la Cofepris a pedirles el permiso y meter la solicitud inicial, ellos te obligan a que saques una cita y solamente puedes sacar cita si tienes firma electrónica del SAT. Además, libera los horarios de vez en cuando; es muy complicado y ponen sus trabas para limitar los derechos de las personas que buscan regularizarse”.

El procedimiento para realizar la solicitud por parte de la Cofepris y ante el juzgado son gratuitos. No obstante, es un trámite que requiere el acercamiento con un abogado que realice las solicitudes y entregue a las instancias encargadas; es aquí donde se requiere una inversión por parte de la parte solicitadora, por lo que el propio Víctor Meade ofrece sus servicios para quien desee iniciar un procedimiento de esta naturaleza. “Afortunadamente estoy viviendo ahora en la Ciudad de México, y las personas que se acerquen les puedo dar orientación, incluso llevarles su trámite desde acá”.

La autorización estipula, en términos generales, que el consumo se debe realizar en lugares privados y se acredita una cantidad de portación para consumo personal. Además se establece por tiempo indefinido y se queda sujeta a que la autoridad la revoque, cuando considere que se incumple con las condiciones. Víctor explicó que la portación de este permiso es una certeza y prevención para el ciudadano, pues el consumo se sigue y se seguirá haciendo, con o sin la autorización.

“Estar regularizado y tener la protección de la ley te garantiza que ya no te pueden pedir mordida los policías si te agarran, no te pueden llevar a la cárcel, porque tienes tu autorización. Que puedas poseer, transportar, consumir la cantidad de cannabis es indicador de que no se pueden meter contigo, pero siempre que respetes los lineamientos que estableció la Corte en la declaratoria”.

El acceso a este procedimiento, según Meade, es prácticamente para todo ciudadano mayor de 18 años que esté interesado, “en aras de que el consumo de cannabis sea regular, que el gobierno no siga criminalizando a las personas que deciden ejercer su derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

EL SISTEMA BUSCA EVITAR QUE SE TRAMITEN

Victor Meade invitó a la ciudadanía a no estigmatizar a las personas consumidoras de cannabis, y al consumidores a que se animen a regularizarse, tanto para la certeza jurídica, como una medida de presión al gobierno para que legislen sobre este tema. Para ello, ofreció su correo electrónico, para quienes deseen asesoría y comenzar a tramitar esta autorización: [email protected]

“Soy de las pocas personas en el país que tienen autorización, pero es un procedimiento muy obstaculizado y que lo diseñaron precisamente así, para que la gente diga que son muchos problemas, hay que conseguir un abogado que haga el procedimiento, etcétera. La Cofepris lo que intenta es desincentivar a las personas para que no pidan su autorización y sigan en el consumo irregular”.

Meade mencionó que ante un derecho ya establecido, no debería haber limitaciones ni obstáculos, pero esta situación se debe a que el tema de regular el consumo de cannabis no es del agrado del gobierno en turno, por que consideró que la existencia de estas trabas impuestas desde las estructuras institucionales son con la finalidad de que la gente no pueda acceder a ello. Pero enfatizó “es un derecho y tendríamos que poder ejercerlo libremente”.

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Las demandas contra los decretos 0571 y 0586 alegan la misma falta que tumbó la ley de 2020

Por: Carlos Ruíz

La alternancia de género cayó el lunes, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) todavía no termina de revisar la reforma electoral potosina. Le quedan dos decretos. Si los tumba, San Luis Potosí podría votar en 2027 con las reglas de antes, porque ya no da tiempo de hacer una reforma nueva.

El proceso electoral local arranca el 15 de noviembre, según el dato de la autoridad electoral que aparece en el proyecto de sentencia de la propia Corte. Y aquí está el punto: la Constitución federal, en su artículo 105, dice que una ley electoral debe publicarse por lo menos 90 días antes de que empiece la elección en que se va a usar, y que ya iniciado el proceso no se pueden cambiar las reglas de fondo. Esos 90 días se cumplieron el 17 de agosto.

El primer decreto pendiente, el 0571, se publicó el 29 de junio en el Periódico Oficial del Estado. Cambia cómo se forman los ayuntamientos: fija una sola sindicatura en cada uno. Los síndicos son los integrantes del cabildo encargados de vigilar las finanzas municipales. El decreto también permite que los aspirantes hagan, si quieren, exámenes de control de confianza, y pide que las candidaturas se registren, de preferencia, por un sistema electrónico que defina el Ceepac.

El partido Somos México y el Poder Ejecutivo Federal le pidieron a la Corte que lo anule (acciones de inconstitucionalidad 94/2026 y 98/2026). Si les da la razón, el decreto deja de valer, y para 2027 se aplicarían las reglas que había antes. El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García lleva los dos casos. Desde el 28 de agosto, las partes ya estaban presentando sus argumentos finales.

El segundo, el 0586, se publicó el 12 de agosto, cinco días antes de que se venciera el plazo. Deja en 20 días, en lugar de 40, el tiempo que tienen los aspirantes a gobernador para buscar la candidatura dentro de sus partidos. Somos México argumentó que un plazo tan corto perjudica a los partidos nuevos y a quienes quieren ir como independientes.

Las dos demandas coinciden en algo: el Congreso del Estado no preguntó antes a los pueblos indígenas, a las comunidades afromexicanas ni a las personas con discapacidad, como obliga la ley cuando un cambio les afecta.

Ya pasó en 2020

Por esa misma razón se cayó completa la ley electoral potosina hace seis años. El 5 de octubre de 2020, la Corte anuló la Ley Electoral de ese año (Decreto 0703) porque no se consultó a los pueblos indígenas. Ordenó volver a usar la ley anterior, la de 2014, y con esa se organizó la elección de 2021.

La Corte le dio al Congreso un año, después de esa elección, para hacer la consulta y aprobar una ley nueva. El Congreso respondió con el Decreto 0392, en septiembre de 2022. Pero el 11 de julio de 2023 la Corte volvió a anular una parte, porque la consulta no se hizo como debía. Esta vez le dio 12 meses, contados desde que terminara la elección de 2024, para hacer esas consultas. Ese plazo ya venció.

Qué dicen los diputados

Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales, afirmó el 15 de septiembre que la reforma “va a salir adelante”. Sostuvo que las modificaciones son “muy pequeñas y muy simples que no tienen impacto en materia electoral, en materia indígena”.

Héctor Serrano Cortés, coordinador de los diputados del Partido Verde, dijo el 17 de septiembre que, si la Corte modifica o anula las reformas, esas decisiones serán bienvenidas.

¿Y si la Corte tumba los dos decretos antes del 15 de noviembre? Los aspirantes a gobernador podrían volver a tener 40 días para buscar la candidatura, y los ayuntamientos podrían formarse con las reglas que había antes de la reforma.

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Senado aprueba ley de censura a la crítica, memes y hasta el humor

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La ley fijaría penas de hasta cinco años de prisión y multas económicas por el uso no autorizado de identidades gráficas gubernamentales

Por: Roberto Mendoza

El Pleno del Senado de la República aprobó con 72 votos a favor y 34 en contra el dictamen que adiciona el artículo 403 Bis a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y modifica el Código Penal Federal. La reforma establece sanciones de uno a cinco años de prisión, así como multas de mil a diez mil Unidades de Medida y Actualización, a quien utilice, reproduzca o imite a escala comercial la identidad gráfica, dominios electrónicos o documentos de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno con la intención de inducir al engaño o cometer un ilícito.

Durante el debate en lo particular, legisladores de oposición y organizaciones defensoras de la libertad de expresión denominaron a esta iniciativa como la “Ley Antimemes”. El bloque opositor argumentó que la redacción del dictamen deja abierta la puerta a la criminalización, alertando que las disposiciones podrían utilizarse como herramienta jurídica para hostigar a periodistas, activistas y ciudadanos

que emplean símbolos oficiales en contenidos satíricos o de crítica política en distintas plataformas.

Por su parte, el bloque mayoritario defendió la reforma asegurando que obedece al combate masivo a la piratería y responde a los compromisos adquiridos en las negociaciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). La postura oficialista insistió en que el objetivo central es frenar fraudes y encubrimientos criminales, no perseguir la sátira, posición que resumió el senador morenista Cuauhtémoc Ochoa: “Al meme, libertad; al fraude y a la piratería, la ley”. Tras su aprobación, la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para su proceso de revisión final.

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Casi 2 mil adolescentes fueron madres en SLP durante 2025

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119 nacimientos fueron de niñas de entre 10 y 14 años

Por: Ana G Silva

San Luis Potosí registró mil 956 nacimientos de madres de entre 10 y 17 años durante 2025, de acuerdo con la Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

La cifra representa una tasa de 9.5 nacimientos por cada mil mujeres de ese grupo de edad, prácticamente en el mismo nivel que la tasa nacional de 9.6.

El dato adquiere otra dimensión al revisar las edades de las madres. De los mil 956 nacimientos registrados en el estado, 119 correspondieron a niñas de entre 10 y 14 años, mientras que 277 fueron de madres de 15 años, 660 de 16 años y 900 de 17 años.

Es decir, casi una de cada diez madres adolescentes registradas en esta estadística tenía menos de 15 años.

La ENR contabilizó en total 38 mil 318 nacimientos registrados en San Luis Potosí durante 2025, por lo que los nacimientos de madres de 10 a 17 años representaron alrededor de 5.1 por ciento del total estatal.

El registro de INEGI también permite observar que el fenómeno no se limita a las adolescentes de mayor edad: aunque la mayor parte de los casos se concentra entre los 16 y 17 años, existen también registros de maternidad en edades de 10 a 14 años.

A nivel nacional, INEGI contabilizó 85 mil 357 nacimientos de madres de 10 a 17 años, con una tasa de 9.6 por cada mil mujeres. Las tasas más altas correspondieron a Chiapas, Oaxaca y Puebla.

En San Luis Potosí, además, el dato puede contrastarse con las características generales de los nacimientos registrados. Más de nueve de cada diez partos registrados en el estado ocurrieron en hospital o clínica, de acuerdo con la tabla estatal de INEGI.

La estadística, sin embargo, registra nacimientos y no permite por sí sola establecer las circunstancias en que ocurrió cada embarazo. Para dimensionar las causas detrás de los casos en niñas y adolescentes sería necesario contrastar estos datos con información de salud, educación, violencia sexual, uniones tempranas y acceso a servicios de prevención.

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