Estado
Proponen prohibir venta de productos embotellados en plástico en SLP
Un ciudadano identificado como Luis Alejandro Padrón Moncada presentó una iniciativa ante el Congreso del Estado de San Luis Potosí para que se prohíba la comercialización de productos, sean alimentos o bebidas, envasados en plástico.
Durante su exposición de motivos, Padrón Moncada menciona que “un millón de botellas de plástico son compradas cada minuto” y que pueden tardar hasta 500 años para biodegradarse.
También reconoce la reforma a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí en octubre del año pasado, cuando se prohibió que los establecimientos comerciales entregaran bolsas o popotes a sus consumidores, sin embargo, considera que dicha medida es insuficiente “ya que dejan de lado los envases de plástico que (también) son de un solo uso”.
Por ello, propone reformar “el artículo 47, fracción VI, reformar el artículo 104, fracción I y adicionar a la fracción V un inciso d), y reformar el artículo 109, fracción IV de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí”.
ARTICULO 47. La SEGAM considerará como prioritarias, para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales, las disposiciones establecidas en la Ley de Hacienda del Estado, El Código Fiscal del Estado o en la Ley de Hacienda de los Municipios, según corresponda, en relación con las actividades siguientes:
VI. La producción. promoción, entrega y utilización de bolsas y envases de plástico
biodegradables.
ARTICULO 104. La Segam, en coordinación con los ayuntamientos, para los efectos de este
capítulo promoverán:
I. El uso de sistemas de reciclamiento de desechos sólidos para disminuir su cantidad, a través de la separación y clasificación, así como la operación de sistemas de reciclaje y la eliminación del uso de bolsas y envases de plástico.
V. La exhaustiva supervisión, vigilancia y sanción sobre los siguientes temas de competencia
concurrente:
d) La prohibición a los establecimientos comerciales y mercantiles de comercializar y
promocionar refrescos, jugos, bebidas rehidratantes, agua mineral, agua carbonatada, agua de sabores, agua, alimentos, suplementos alimenticios embutidos, dulces y conservas en envases de plástico de cualquier presentación, tamaño y capacidad.
ARTICULO 109. Con el objeto de prevenir y controlar los efectos nocivos que pudieran ocasionar los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, los respectivos municipios con la participación que corresponda al Gobierno del Estado, impulsarán los siguientes programas:
IV. De concientización y organización ciudadana vecinal para promover la cultura, educación y capacitación.
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Ciudad
Villa de Pozos mantiene operativo de ordenamiento vial
Gracias a los recorridos preventivos, no se han registrado incidencias relevantes en las principales avenidas del municipio
Por: Redacción
Con el objetivo de garantizar una mejor movilidad y mantener el orden en la vía pública, la Dirección de Vialidad de la Guardia Civil Municipal de Villa de Pozos ha aplicado más 600 sanciones administrativas en lo que va de 2026 a conductores que incurrieron en faltas al estacionarse en lugares no permitidos.
El director de la Dirección de Vialidad, Juan Ramón Velázquez Urista, explicó que antes de aplicar una infracción, los elementos realizan labores de proximidad con los automovilistas para exhortarlos a retirar sus vehículos de los espacios restringidos y evitar que sean sancionados, problemática que se presenta con mayor frecuencia en la cabecera municipal, donde se mantiene vigilancia permanente.
Velázquez Urista informó que durante el presente mes se aplicaron dos multas a conductores que ocuparon espacios exclusivos para personas con discapacidad, sanciones con un valor aproximado de 9 mil 300 pesos.
El funcionario destacó que, gracias a los recorridos preventivos, no se han registrado incidencias relevantes en las principales avenidas del municipio y se ha logrado retirar oportunamente vehículos estacionados en doble fila, sobre pasos peatonales o encima de banquetas.
Estado
Faltan 15 días para el inicio de la feria más grande de México; dice Gallardo
El mandatario resaltó que la edición 2026 contará con una cartelera internacional sin precedente, encabezada por Katy Perry y Mötley Crüe
Por: Redacción
A tan solo 15 días del arranque de la Feria Nacional Potosina (Fenapo) 2026, programada para el próximo 7 de agosto, el gobernador Ricardo Gallardo Cardona informó que los preparativos avanzan conforme al calendario para recibir a más de 9 millones de visitantes durante 24 días de actividades.
Destacó que esta edición ofrecerá una experiencia renovada para todas las edades, con entrada, estacionamiento, juegos mecánicos y conciertos del Teatro del Pueblo totalmente gratuitos, consolidando a la feria de San Luis Potosí como la más grande, incluyente y atractiva del país.
El mandatario resaltó que la edición 2026 contará con una cartelera internacional sin precedente, encabezada por Katy Perry y Mötley Crüe, además de figuras nacionales e internacionales como Lila Downs, Yandel Sinfónico, El Bogueto, Xavi, Ramón Ayala, Óscar Maydon, Bizarrap, Sin Bandera, Kenia Os, Laberinto y Herederos, Los Huracanes del Norte, Los Acosta, Santa Fe Klan, Alameños de la Sierra, Liberación, Grupo Toppaz, Tropical Panamá y Los Tigres del Norte. A ello se sumarán jornadas especiales como Influencers Fest, Chihuahua Fest y El Potosinazo.
Estado
“Sugerencias al voto” también son actos anticipados: Ceepac
El consejero explicó que los mensajes privados no constituyen infracción y que expresar la intención de buscar un cargo tampoco configura, por sí solo, un acto anticipado.
Por: Redacción
El llamado expreso al voto, o los mensajes que persiguen el mismo objetivo sin usar esa palabra, es el elemento que puede convertir un acto político en un acto anticipado de campaña, explicó Luis Gerardo Lomelí Rodríguez, consejero del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), al detallar los criterios que aplica la autoridad para analizar este tipo de conductas.
El consejero señaló que una solicitud explícita se configura con frases como “vota por mí”, “apóyame para ser diputado” o “en 2027 vota por determinado partido”. Advirtió, sin embargo, que también existen las llamadas equivalencias funcionales: mensajes que, sin pedir el voto de forma literal, buscan posicionar a una persona con fines electorales, como promoverla desde ahora como “el proyecto” para la próxima elección.
Precisó que esos mensajes solo pueden considerarse actos anticipados cuando trascienden al ámbito público, por lo que las conversaciones privadas —presenciales o por aplicaciones como WhatsApp— no son suficientes para acreditar una infracción electoral.
Lomelí Rodríguez aclaró además que expresar la intención de buscar un cargo de elección popular no constituye, por sí mismo, un acto anticipado de campaña o precampaña, y que cada caso debe analizarse de manera individual.
Detalló que para acreditar una infracción deben concurrir tres elementos: el temporal (que los hechos ocurran antes de las etapas legales de campaña), el personal (que participen partidos, militantes, aspirantes o precandidatos identificables) y el subjetivo (que exista un llamado expreso al voto o un mensaje equivalente).
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