abril 8, 2026

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México

Marite Hernández denunció a Ferriz de Con ante la FGR por traición a la patria

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Por: Redacción

Un grupo de abogados, intelectuales, activistas y gente de la cultura presentó una denuncia penal contra Pedro Ferris de Con y en contra de quien resulte responsable, por la posible comisión de los delitos de traición a la patria, sedición, rebelión y conspiración. Entre los denunciantes se encuentra la diputada potosina, Marite Hernández Correa

Lo anterior, en relación al audio que se filtró el 19 de abril del año en curso y cuyo contenido ratifica el mismo comunicador el 23 de abril, en el que hace referencias de convocar a derrocar al presidente de la república, y pedir ayuda al extranjero si es preciso, conjuntamente con un grupo de empresarios, agregando, además, que un comunicador no hace golpes de estado pero nada le encantaría más, que así sucediera; subraya que le encantaría.

Los denunciantes argumentaron “Arribar al estado democrático nos costó guerras entre hermanos. Vidas. Ríos de sangre. Escenas de barbarie que no podemos volver a vivir”.

“Hoy en día la democracia mexicana es uno de nuestros valores más importantes. Es patrimonio de todos los que conformamos esta gran nación, pero también de los mexicanos que ya no están y de los que vendrán”.

En su argumentación, los denunciantes se refirieron a que “la diferencia política en nuestra democracia no es negativa. Por el contrario, es un bien que debemos preservar haciéndolo valer en las urnas cuando la Carta Magna y sus instituciones nos convoquen, y también en el debate cotidiano que tenga como ingrediente principal, el respeto. Alguna vez ganará la filia de unas ideas y otras ganarán los contrarios. Pero pasando el proceso electoral, es obligación de todos los mexicanos reconocer al ganador para garantizar la convivencia y la paz social como elemento fundamental del estado de derecho. Los que ganaron la contienda deberán gobernar por el tiempo que corresponda, y los que perdieron, deberán esperar la siguiente convocatoria para participar en una nueva contienda civilizada”.

“Desde el punto de vista político es un atentado a la democracia. Desde el punto de vista jurídico, es un delito, como lo consagra plena y claramente el artículo 123 de nuestro código penal federal relativo al delito de traición a la patria”.

“Como podemos escuchar en el audio que se presenta como ANEXO 1, el denunciado se refiere con toda claridad a que tienen dos formas de enfrentar al Jefe del poder ejecutivo federal, y una de ellas es, ‘BUSCAR REFUERZO CON ESTADOS UNIDOS’, situación que perfecciona la conducta típica, contemplada en el artículo 123 del ordenamiento referido, ya que el convocar a personas extranjeras para intervenir políticamente para deponer al presidente de la república, tiene implícito FRACCIÓN I, ACTOS CONTRA LA SOBERANÍA. FRACCIÓN VI, AL QUE TENGA EN TIEMPO DE PAZ RELACIÓN O INTELIGENCIA CON PERSONA, GRUPO O GOBIERNO EXTRANJERO… CON EL OBJETO DE ALTERAR LA PAZ INTERIOR. FRACCIÓN XI, INVITE A INDIVIDUOS DE OTRO ESTADO PARA QUE HAGAN ARMAS CONTRA MÉXICO O INVADAN EL TERRITORIO NACIONAL SEA CUAL FUERE EL MOTIVO”.

Asimismo, el artículo 130 del Código Penal Federal se refiere: “… a los que en forma tumultuaria, sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el artículo 132, que a la letra dice. II… destituir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la federación o su libre ejercicio”. 

Mencionaron que, en otro orden de ideas, es obligación de los mexicanos pero más aún de sus instituciones, preservar la paz. Si el fiscal general de la República permite que se haga apología de la violencia, o en grado de tentativa se convoque y divulgue la idea de un golpe de Estado, amén de hacerlo de manera soberbia y burlona, se estará faltando a la mayor responsabilidad de su alta investidura.

Por otra parte, no puede un comunicador, en su sano juicio, pedir la tutela del derecho a la información para convocar a la violencia. Más aún, el derecho a informar, de acuerdo a la reforma constitucional del 11 de junio de 2013, es un servicio en favor de la sociedad, que en el artículo 6 primer párrafo y 7 segundo párrafo, contemplan cuatro excepciones que son 1.- Ataque a la moral. 2.- Ataque a la vida privada de terceros. 3.- Provoque algún delito. 4.- Perturbe el orden público. Es el caso, que el denunciado perturba el orden público, y provoca diversos delitos, tratando de involucrar a la sociedad en aventuras bélicas oprobiosas, absurdas e irresponsables, con lo cual está incurriendo en dos de las excepciones al derecho a la información, por lo que, de ninguna manera, el imputado puede invocar su protección o ampararse en este derecho”.

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México

Congelar cuentas sin fallo judicial impacta directamente a trabajadores: López Rabadán

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La legisladora equiparó la inmovilización de recursos dictada por la Corte con la Prisión Preventiva Oficiosa al ejecutar sanciones antes de investigar

​Por: Roberto Mendoza

​Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear recursos por sospechas de irregularidades, la diputada Kenia López Rabadán fijó su postura desde el recinto legislativo: “Inmovilizar o congelar tus cuentas sin una resolución judicial, a la luz de nuestra Constitución, evidentemente no debería ser viab le

“.

​La presidenta de la Mesa Directiva señaló que privar de liquidez a las empresas vulnera los artículos 16 y 21 constitucionales, trasladando la afectación patrimonial a las nóminas operativas: “Yo estoy absolutamente convencida que si lo vemos […] desde el punto de vista de un trabajador a quien a su jefe, al dueño de la empresa le detienen, le inmovilizan o le congelan las cuentas, el impacto va a ser para los trabajadores porque no van a tener posibilidad de cobrar su siguiente quincena

“.

​Al rechazar la aplicación de estas retenciones financieras de forma previa a una declaratoria de culpabilidad legal, la legisladora argumentó: “…es un poco como la Prisión Preventiva Oficiosa, un poco como te meto a la cárcel y luego te investigo, es igual, digamos, permítanme el parangón, pero te inhabilito tu cuenta, te congelo tu cuenta y luego investigo si eres o no”. Las inmovilizaciones, precisó al término de su intervención, enfrentan procesos fiscales que superan los seis meses de resolución administrativa.

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México

Aumentan diabetes e hipertensión entre mayores de 50 años

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La ENASEM 2024 revela un crecimiento sostenido de enfermedades crónicas y cambios en las condiciones de vida de más de 32 millones de personas

Por: Redacción

El envejecimiento de la población mexicana está acompañado por un aumento significativo en enfermedades crónicas como la diabetes y la hipertensión, de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional sobre Salud y Envejecimiento en México, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en coordinación con el University of Texas Health Science Center at San Antonio.

El estudio, que da seguimiento a personas de 50 años y más desde 2001, confirma que estos padecimientos continúan al alza conforme avanza la edad. En 2024, 41.5 por ciento de esta población vive con hipertensión y 25.5 por ciento con diabetes.

Uno de los datos más relevantes es el incremento en el diagnóstico de diabetes a lo largo del tiempo: en 2012, 16 por ciento de las personas de entre 50 y 59 años padecía esta enfermedad; para 2024, cuando ese mismo grupo alcanzó entre 62 y 71 años, la cifra subió a 28.1 por ciento.

La encuesta estima que en México hay 32 millones de personas de 50 años y más, de las cuales 52.8 por ciento son mujeres. De este total, 68 por ciento se encuentra casada o en unión libre, mientras que 15.4 por ciento es viuda, condición que es considerablemente más frecuente en mujeres (22.6 por ciento) que en hombres (7.3 por ciento).

Además, el 8.8 por ciento de esta población habla alguna lengua indígena, lo que refleja la diversidad cultural en el envejecimiento del país.

El estudio también evidencia los retos cotidianos que enfrenta este sector. En 2024, el 9.3 por ciento de las personas mayores de 50 años reportó al menos una limitación para realizar actividades básicas

como hacer compras, preparar alimentos o manejar dinero.

A esto se suma que 35 por ciento desempeña labores de cuidado, ya sea de menores de 12 años o de personas enfermas o con discapacidad. Esta carga recae principalmente en las mujeres, con 43.8 por ciento, frente a 25.1 por ciento en hombres.

En contraste con el aumento de enfermedades físicas, los síntomas depresivos mostraron una disminución en comparación con años anteriores. En mujeres, el porcentaje con cinco o más síntomas pasó de 41.2 por ciento en 2012 a 33.1 en 2024, mientras que en hombres se ubicó en 17.1 por ciento.

No obstante, la prevalencia de estos síntomas incrementa conforme avanza la edad, especialmente en personas de 80 años y más.

El envejecimiento en México también refleja cambios en la vida cotidiana. En 2024, 84.6 por ciento de las personas de 50 años y más participa en actividades de comunicación digital, como llamadas, mensajería o uso de internet.

Aunque ver televisión sigue siendo una de las actividades más comunes, su frecuencia ha disminuido en comparación con 2012, mientras que actividades como la lectura, los juegos mentales y el mantenimiento del hogar mantienen una presencia importante.

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La Cámara de Diputados regula el uso de inteligencia artificial en intérpretes

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La reforma a las leyes del Trabajo y de Derechos de Autor establece que la clonación de voz requerirá autorización específica y remuneración por escrito

​Por Roberto Mendoza

El órgano legislativo integró a los actores de doblaje y locutores comerciales como sujetos de derechos conexos en la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal del Derecho de Autor, equiparando jurídicamente la protección de la voz con la del retrato físico. La normativa establece que los derechos sobre ambas características subsistirán hasta 50 años después del fallecimiento del titular, exigiendo que cualquier uso mediante herramientas tecnológicas cuente con un consentimiento explícito para los fines pactados, sin que el pago de un salario presuponga una autorización extensiva para usos no previstos.

​El pleno avaló el dictamen con 335 votos a favor, cero en contra y 129 abstenciones en lo general, incorporando durante la discusión una reserva que modifica siete artículos para transitar hacia un modelo de regulación contractual y eliminar las multas laborales por el uso de estas herramientas. Sobre la adición que centraliza las infracciones en la vía autoral, el diputado Ricardo Monreal Ávila

precisó: “Sustituye un esquema prohibitivo general por un modelo basado en la regulación contractual. Aquí mismo se establece la obligación de definir en el contrato las condiciones y la remuneración por el uso de imágenes o el uso de voces, incluyendo el empleo de inteligencia artificial“.

El proyecto quedó aprobado en lo particular con 368 votos a favor, cero en contra y 104 abstenciones, confirmando las excepciones legales para el uso de simulaciones en casos de parodia, sátira o imitación creativa que no induzcan al error.

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, fijando un periodo de 60 días para que el Ejecutivo federal emita las modificaciones al Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor, mientras que los litigios iniciados previamente continuarán bajo la normatividad anterior.

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