abril 22, 2026

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México

Marite Hernández denunció a Ferriz de Con ante la FGR por traición a la patria

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Por: Redacción

Un grupo de abogados, intelectuales, activistas y gente de la cultura presentó una denuncia penal contra Pedro Ferris de Con y en contra de quien resulte responsable, por la posible comisión de los delitos de traición a la patria, sedición, rebelión y conspiración. Entre los denunciantes se encuentra la diputada potosina, Marite Hernández Correa

Lo anterior, en relación al audio que se filtró el 19 de abril del año en curso y cuyo contenido ratifica el mismo comunicador el 23 de abril, en el que hace referencias de convocar a derrocar al presidente de la república, y pedir ayuda al extranjero si es preciso, conjuntamente con un grupo de empresarios, agregando, además, que un comunicador no hace golpes de estado pero nada le encantaría más, que así sucediera; subraya que le encantaría.

Los denunciantes argumentaron “Arribar al estado democrático nos costó guerras entre hermanos. Vidas. Ríos de sangre. Escenas de barbarie que no podemos volver a vivir”.

“Hoy en día la democracia mexicana es uno de nuestros valores más importantes. Es patrimonio de todos los que conformamos esta gran nación, pero también de los mexicanos que ya no están y de los que vendrán”.

En su argumentación, los denunciantes se refirieron a que “la diferencia política en nuestra democracia no es negativa. Por el contrario, es un bien que debemos preservar haciéndolo valer en las urnas cuando la Carta Magna y sus instituciones nos convoquen, y también en el debate cotidiano que tenga como ingrediente principal, el respeto. Alguna vez ganará la filia de unas ideas y otras ganarán los contrarios. Pero pasando el proceso electoral, es obligación de todos los mexicanos reconocer al ganador para garantizar la convivencia y la paz social como elemento fundamental del estado de derecho. Los que ganaron la contienda deberán gobernar por el tiempo que corresponda, y los que perdieron, deberán esperar la siguiente convocatoria para participar en una nueva contienda civilizada”.

“Desde el punto de vista político es un atentado a la democracia. Desde el punto de vista jurídico, es un delito, como lo consagra plena y claramente el artículo 123 de nuestro código penal federal relativo al delito de traición a la patria”.

“Como podemos escuchar en el audio que se presenta como ANEXO 1, el denunciado se refiere con toda claridad a que tienen dos formas de enfrentar al Jefe del poder ejecutivo federal, y una de ellas es, ‘BUSCAR REFUERZO CON ESTADOS UNIDOS’, situación que perfecciona la conducta típica, contemplada en el artículo 123 del ordenamiento referido, ya que el convocar a personas extranjeras para intervenir políticamente para deponer al presidente de la república, tiene implícito FRACCIÓN I, ACTOS CONTRA LA SOBERANÍA. FRACCIÓN VI, AL QUE TENGA EN TIEMPO DE PAZ RELACIÓN O INTELIGENCIA CON PERSONA, GRUPO O GOBIERNO EXTRANJERO… CON EL OBJETO DE ALTERAR LA PAZ INTERIOR. FRACCIÓN XI, INVITE A INDIVIDUOS DE OTRO ESTADO PARA QUE HAGAN ARMAS CONTRA MÉXICO O INVADAN EL TERRITORIO NACIONAL SEA CUAL FUERE EL MOTIVO”.

Asimismo, el artículo 130 del Código Penal Federal se refiere: “… a los que en forma tumultuaria, sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el artículo 132, que a la letra dice. II… destituir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la federación o su libre ejercicio”. 

Mencionaron que, en otro orden de ideas, es obligación de los mexicanos pero más aún de sus instituciones, preservar la paz. Si el fiscal general de la República permite que se haga apología de la violencia, o en grado de tentativa se convoque y divulgue la idea de un golpe de Estado, amén de hacerlo de manera soberbia y burlona, se estará faltando a la mayor responsabilidad de su alta investidura.

Por otra parte, no puede un comunicador, en su sano juicio, pedir la tutela del derecho a la información para convocar a la violencia. Más aún, el derecho a informar, de acuerdo a la reforma constitucional del 11 de junio de 2013, es un servicio en favor de la sociedad, que en el artículo 6 primer párrafo y 7 segundo párrafo, contemplan cuatro excepciones que son 1.- Ataque a la moral. 2.- Ataque a la vida privada de terceros. 3.- Provoque algún delito. 4.- Perturbe el orden público. Es el caso, que el denunciado perturba el orden público, y provoca diversos delitos, tratando de involucrar a la sociedad en aventuras bélicas oprobiosas, absurdas e irresponsables, con lo cual está incurriendo en dos de las excepciones al derecho a la información, por lo que, de ninguna manera, el imputado puede invocar su protección o ampararse en este derecho”.

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México

Pleno de San Lázaro avala terna para nuevos consejeros del INE

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Las nuevas consejeras y consejero del INE son: Blanca Cruz García, Frida Gómez Puga y Arturo Chávez López

Por: Roberto Mendoza

La Cámara de Diputados aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política para designar a los tres próximos integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, luego de una jornada legislativa que el coordinador parlamentario Ricardo Monreal definió como dificil por las negociaciones en el bloque oficialista.

El documento definitivo inscribió los expedientes de Blanca Yassahara Cruz García, Frida Denisse Gómez Puga y Arturo Manuel Chávez López. Este consenso requirió modificaciones internas en la coalición de Morena, PT y PVEM, donde se invirtió la cuota de género de la primera propuesta para asegurar el respaldo de los petistas, mientras que los grupos parlamentarios del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano mantuvieron su postura en contra del proyecto.

El desahogo técnico en el tablero electrónico contabilizó 334 votos a favor, 127 en contra y cero abstenciones, por lo que se alcanzó la mayoría calificada, la presidencia de la Mesa Directiva oficializó la elección de los perfiles para su posterior toma de protesta de ley ante el órgano electoral federal.

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La Cámara de Diputados avala la reforma constitucional para unificar el delito de feminicidio

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El dictamen faculta al Congreso de la Unión para estandarizar las sanciones y protocolos de investigación en las 32 entidades

Por Roberto Mendoza

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 466 votos la minuta proveniente del Senado que reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política para crear una ley general en materia de feminicidio, que establezca bases homogéneas para la tipificación, investigación, persecución y sanción.

El análisis de la Comisión de Puntos Constitucionales advierte que la diversidad de redacciones en los códigos penales estatales produce tratamientos judiciales desiguales para crímenes de la misma naturaleza. La expedición de la nueva normativa centralizada buscará homologar la acreditación de razones de género e integrar en los procesos ministeriales el reconocimiento de violencias sistémicas previas

, tales como la agresión familiar, sexual, económica, digital y psicológica.

La modificación constitucional otorga al Poder Legislativo federal la atribución de diseñar los estándares operativos y procedimentales para este delito a nivel nacional. Este cambio jurisdiccional tiene como fin eliminar las discrepancias en las entidades federativas y dotar a las autoridades de un marco legal único que evite vacíos técnicos durante la judicialización de las carpetas de investigación.

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SCJN busca que no haya impunidad en crímenes de odio

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El Pleno de la SCJN resolvió una acción de inconstitucionalidad relativa a discursos de odio y discriminación

 

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron una porción normativa del artículo 189 fracción I del Código Penal para el Estado de Sinaloa, que sanciona con pena de prisión y multa a quien apoye a difundir expresiones de odio, violencia o discriminación contra cualquier persona o grupo de personas.

La Ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció a favor del proyecto por considerar que esta parte de la norma resulta demasiado amplia y ambigua e, inclusive, tiene un efecto inhibidor en la libertad de expresión, sobre todo de las personas dedicadas al periodismo.

Señaló que la difusión en medios electrónicos, impresos o digitales de actos realizados por otras personas que pudieran resultar discriminatorios podría ubicar a esos profesionales de la comunicación en el riesgo de incurrir en la conducta que tipifica y sanciona penalmente la norma.

“En este caso los verbos “provocar” o “incitar” se refieren a las personas que alientan a otras a adherirse a sus mensajes o discursos de odio, así como a llevar a cabo actos discriminatorios, así como participar en actos con resultados violentos, ya sea en perjuicio de una persona en particular o de un grupo humano determinado, particularmente de la comunidad LGTBIQ+, la cual sufre discriminación estructural, violencia sistemática y exclusión social, que fue uno de los motivos por los que el legislador local justificó la aprobación de la norma”, detalló la Ministra.

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