Estado
Cumplimiento de paridad de género en candidaturas: Partidos y coaliciones aprobados
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) dio a conocer, durante la diecisieteava Sesión Ordinaria, que los partidos políticos y coaliciones han cumplido con la paridad de género en el registro de candidaturas para el Proceso Electoral 2024.
Para el Proceso Electoral 2024 es uno de los requisitos para el registro de las candidaturas a diputaciones y ayuntamientos. Los partidos políticos deberían registrar al menos el cincuenta por ciento de mujeres y 50 por cierto de hombres en sus candidaturas a cargos de elección popular por fórmula; es decir, que la persona propietaria y la persona suplente deben ser del mismo género.
A los partidos y/o coaliciones que en una primera revisión que no cumplieron con la paridad de género y bloques de competitividad se les requirió que presentaran las sustituciones correspondientes, para que sus fórmulas fueran debidamente registradas.
De acuerdo con el reporte emitido por la herramienta digital diseñada por el CEEPAC, señala que los partidos políticos cumplen de la siguiente manera en las candidaturas de diputaciones de mayoría relativa:
COALICIONES
La coalición “Fuerza y Corazón por San Luis” integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), postuló un total de 15 candidaturas, 7 candidaturas del género femenino y 8 candidaturas del género masculino.
La coalición “Sigamos haciendo historia en San Luis Potosí”, integrada por los Partidos Políticos Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), postuló un total de 14 candidaturas, 9 candidaturas de género femenino y 5 candidaturas de género masculino.
Ambas coaliciones garantizaron al menos el 50% de espacios para candidaturas de mujeres respecto de la totalidad de sus postulaciones, por lo que atien de el principio de paridad horizontal.
PARTIDOS POLÍTICOS
El Partido Político Conciencia Popular postuló candidaturas en los 15 distritos electorales locales y solicitó el registro de 9 candidaturas de género femenino y 6 candidaturas de género masculino.
El Partido Político Movimiento Ciudadano postuló candidaturas en los 15 distritos electorales locales y solicitó el registro de 8 candidaturas de género femenino, 6 candidaturas de género masculino, y una candidatura de género no binario, misma que para efectos del cumplimiento del principio de paridad de género, se ubicará en espacio que no corresponda para las candidaturas de mujeres.
El Partido Nueva Alianza San Luis Potosí postuló candidaturas en los 15 distritos electorales locales y solicitó el registro de 8 candidaturas de género femenino y 7 candidaturas de género masculino.
El Partido Político Movimiento Laborista postuló candidaturas en los 15 distritos electorales locales y solicitó el registro de 9 candidaturas de género femenino y 6 candidaturas de género masculino.
El Partido Político Encuentro Solidario San Luis Potosí postuló candidaturas en los 15 distritos electorales locales y solicitó el registro de 7 candidaturas de género femenino y 8 candidaturas de género masculino.
Los cinco partidos políticos que decidieron postular de manera individual garantizaron al menos el 50% de espacios para candidaturas de mujeres, por lo que atendieron el principio de paridad horizontal.
La paridad de género es un principio constitucional, establecido en el art. 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza la participación y representación equilibrada de mujeres y hombres en los puestos de poder y toma de decisiones.
Estado
Se da un paso más hacia la protección de las mujeres víctimas del delito en los municipios
En las representaciones municipales del Centro de Justicia para Mujeres, se priorizarán aquellos donde existan más altos índices de violencia: Dip. Dulcelina Sánchez de Lira
Por: Redacción
Destacadas
Se incorpora el concepto de electromovilidad en el transporte público
Con ello, se establece la inclusión de vehículos de transporte público que emplea tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica: Dip. Emilio Rosas Montiel
Por: Redacción
Con el objetivo de incorporar el concepto de electromovilidad en el transporte público, el Congreso del Estado aprobó el Decreto que modifica la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí.
Dicho concepto establece la promoción de vehículos de transporte público que emplean tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica para su desplazamiento.
Se establece la facultad a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para promover acciones y coordinarse con autoridades de los tres niveles de gobierno para integrar la electromovilidad en el transporte público.
El diputado Luis Emilio Rosas Montiel, promovente de esta iniciativa, señaló que con estas acciones, incorporadas en la Ley General de Cambio Climático, se busca establecer las bases que contribuyan al cumplimiento del Acuerdo de París, que tiene entre sus objetivos la Transición hacia energía limpia, por lo que se impulsa la aceleración hacia sistemas energéticos con emisiones cero o bajas, incluyendo un compromiso para triplicar la capacidad de energías renovables y duplicar la tasa de mejora de la eficiencia energética para el año 2030.
Se señala que una de las principales causas del cambio climático es la contaminación del aire, definida como la presencia en el aire de sustancias o partículas que implican riesgo, daño o molestia para el ser humano, la flora o la fauna.
Este tipo de contaminación, además de alterar los patrones climáticos del planeta, también genera graves problemas de salud, representando un importante riesgo para las personas, ya que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la contaminación del aire contribuye al desarrollo de enfermedades respiratorias y cardiovasculares; además puede generar fatiga, dolor de cabeza, irritación ocular, daños en el aparato reproductor, daños en el hígado, bazo y sangre, y afectaciones en el sistema nervioso.
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