octubre 14, 2026

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10 potosinas fueron investigadas y juzgadas por abortar en el último año

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Legalizar la interrupción del embarazo es uno de los temas más polémicos que enfrenta el Congreso del Estado

Por: El Saxofón

En 2018, al menos 27 potosinas viajaron a la Ciudad de México para practicarse una Interrupción Legal del Embarazo (ILE), un derecho que las leyes locales le niegan a las mujeres en el estado y que el marco legal de la capital del país garantiza en sus clínicas públicas y privadas.

En contraste, la Fiscalía General del Estado (FGE) abrió 10 carpetas de investigación contra igual número de mujeres por el delito de aborto, ya que en San Luis Potosí las leyes protegen la vida “desde la concepción” y consideran la interrupción del embarazo un delito que debe ser sancionado con una pena de uno a tres años de cárcel.

De abril de 2007 al 19 de diciembre de 2018, 167 potosinas han viajado a la capital del país para interrumpir un embarazo sin arriesgar su integridad y, además, sin violentar la ley, según la Información sobre pacientes atendidos en servicios de ILE en la Ciudad de México, que publica el gobierno de la capital del país.

Quienes defienden la ILE como un derecho, basan sus argumentos en el hecho de que las personas, en este caso las mujeres son dueñas de su propio cuerpo, y nadie puede decidir qué hacer con éste.

También se basan en la libertad de decidir formar o no, una familia y este aspecto también es una decisión personal, que tiene implicaciones en el cambio de rumbo de los planes a futuro.

Es un hecho que un embarazo no deseado frena las posibilidades de desarrollo personal de las mujeres.

Quienes están en contra, normalmente sostienen sus opiniones en prejuicios y consideraciones de carácter religioso.

En San Luis Potosí, pese a que la Legislatura local cuenta con 13 mujeres diputadas entre sus integrantes, quienes presumen impulsar una agenda de género, este tema no ha sido abordado, bajo la consideración de que la sociedad potosina es “muy conservadora”, y “no está preparada” para debatir un tema como el aborto legal.

Mientras la ley sigue penalizando a las mujeres que deciden abortar, hay casos en los que incluso las autoridades les han negado el derecho de interrumpir el embarazo a mujeres que reunían los requisitos que contempla la ley local para poder recurrir a esa opción

CASOS SENSIBLES

En noviembre de 2018, la CNDH dirigió la Recomendación 49/2018 al IMSS por dos médicos de la Clínica 1 en San Luis Potosí que violentaron los derechos a la protección a la salud, a la seguridad jurídica y al interés superior de una niña con discapacidad intelectual, y al Fiscal General de esa entidad federativa, Federico Arturo Garza Herrera, por falta de acceso a la justicia en su modalidad de procuración, atribuible a un Agente del Ministerio Público local.

La madre de la adolescente de 15 años de edad denunció ante la Fiscalía Estatal que su hija fue agredida sexualmente y quedó embarazada, por lo que solicitó al Agente del Ministerio Público decretar la interrupción del embarazo, sin obtener respuesta; la misma petición la realizó en la Clínica 1 del IMSS, donde se le negó el servicio; le dijeron que estaban imposibilitados jurídica y normativamente.

La CNDH acreditó que el primer médico no evaluó los factores de riesgo que concurrían en la niña y representaban una situación de compromiso para su estado de salud, dejándola en estado de vulnerabilidad; un segundo médico determinó indebidamente no invocar la Ley General de Víctimas y la NOM-046-SSA2-2005, que resultaban favorables a los intereses de la agraviada

, en tanto un Agente del Ministerio Público omitió dar seguimiento a una solicitud que dirigió a la Secretaría de Salud respecto de un informe en el que se estableciera el riesgo que tendría la víctima de practicarle la cirugía.

Constató que el Agente del Ministerio Público también es responsable de la demora en realizar actuaciones procesales; de los 16 meses que lleva en trámite la Carpeta de Investigación, en 13 hay inactividad ministerial; también concurre responsabilidad institucional por la Fiscalía Estatal que repercutió en que la víctima no tuviera acceso a una justicia pronta y expedita, ya que la Unidad de Atención a la Mujer a su cargo no cuenta con personal suficiente e idóneo para atender con la debida diligencia las Carpetas de Investigación.

Este es un caso más en el que la vida de una mujer se ve trastocada por una decisión que otros tomaron por ella.

aborto financieroABORTO FINANCIERO

Pero si las mujeres tienen el derecho a abortar, ¿pueden los hombres también tener el derecho de deslindarse de cualquier responsabilidad en la concepción de un hijo en un embarazo no deseado?

El derecho a la interrupción legal del embarazo para las mujeres ha abierto la discusión acerca de otro tema, el llamado aborto financiero que no es otra cosa sino “el derecho (de los hombres) de declinar sus responsabilidades legales sobre el hijo, es decir, no estarían obligados a tener una relación con él ni a mantenerlo”.

El portal www.nuevamujer.com narra:

“En 2004 Matt Dubay y Lauren Wells se enfrentaron a la noticia de un embarazo no planeado, ambos habían mantenido una breve relación y se encontraban separados en ese momento, Lauren decidió continuar el embarazo, pero Matt no tenía deseos de convertirse en padre, por lo que se rehusó a mantener una relación con su hijo así como a pagar manutención argumentando que él también debería tener derecho a decidir si quería ser padre o no, esto resultó en uno de los casos legales más controversiales hasta la fecha sobre los derechos reproductivos de los hombres”.

“La defensa de Dubay argumentó que en el caso de un embarazo no planeado, los hombres deberían tener derechos equivalentes a los de las mujeres, quienes pueden decidir no convertirse en madres a través de un aborto. En este supuesto, los hombres tendrían el derecho de declinar sus responsabilidades legales sobre el hijo, es decir, no estarían obligados a tener una relación con él ni a mantenerlo, esto fue referido por Frances Goldscheider de la Universidad de Brown como aborto financiero”.

En una entrevista, Dubay declaró:

“No creo que sea justo obligarme a ser padre financieramente, mentalmente y físicamente.”

Desde luego, discutir esta posibilidad en los derechos reproductivos de los hombres no será posible en tanto no se garantice a las mujeres el derecho de interrumpir un embarazo sin ser sujetos de delito.

Queda por ver si se cumplirá la promesa del actual gobierno federal de impulsar la legalización del aborto en todo el país.

 

+SOLO

“Lo que me parece muy grave es que mujeres estén siendo procesadas en estas circunstancias, (…) lo que no puede ser es que se castigue a unos y a los que de verdad cometen delitos brutales sigan en la calle”.
—Claudia Corichi García, exdiputada federal.


También lea: Presidenta del DIF en SLP, a favor de la despenalización del aborto

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Guerra de nóminas: Está en juego juicio político contra Galindo o pérdida de curul de Gámez

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El cruce de acusaciones entre el alcalde Enrique Galindo y el presidente de la mesa directiva del congreso local en San Luis Potosí, diputado Luis Fernando Gámez, abrió dos rutas legales: una revisión a contratos municipales por honorarios y una posible causal de pérdida del cargo legislativo

Por: Haniel Valdés

El conflicto político entre el alcalde de San Luis Potosí, Enrique Galindo Ceballos, y el diputado local Luis Fernando Gámez Macías escaló de las declaraciones públicas a un terreno jurídico de mayores consecuencias. Mientras Gámez amagó con promover juicio político contra el presidente municipal por la contratación de Carlos Enrique Dahud Uresti, dirigente estatal en funciones del PAN, Galindo respondió con un señalamiento que, de comprobarse, tendría efectos directos sobre el legislador: la posible pérdida de su curul si actualmente cobrara también en el Gobierno del Estado.

El intercambio dejó dos preguntas legales abiertas. La primera, si el Ayuntamiento capitalino puede pagar honorarios a Dahud Uresti sin que ello implique uso indebido de recursos públicos con fines partidistas. La segunda, si Gámez Macías mantiene o mantuvo simultáneamente un cargo remunerado en la Secretaría General de Gobierno después de haber rendido protesta como diputado local.

El caso de Dahud Uresti se hizo público el lunes, cuando el dirigente panista fue cuestionado por la periodista Ana Dora Cabrera, en conferencia de prensa sobre una posible relación contractual con el Ayuntamiento. Ante la pregunta, remitió a la comunicadora a los mecanismos de transparencia. Un día después, Galindo confirmó que Dahud sí cobra en la administración municipal.

“Sí, Enrique cobra en el Ayuntamiento, no es ilegal, no es aviador tampoco. Cumple una función con un contrato de honorarios”, declaró el alcalde. Diversas fuentes ubican el pago en aproximadamente 28 mil pesos mensuales.

La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí no prohíbe expresamente que un ayuntamiento contrate a un dirigente partidista. Sin embargo, el artículo 32, fracción VI, establece que los ayuntamientos no pueden “autorizar o destinar recursos humanos y partidas para el financiamiento de campañas políticas de partidos o candidatos” lo que no es el caso pues no hay campaña en el PAN ni Dahud es candidato.

En reacción, Gámez Macías anunció que solicitará al Instituto de Fiscalización Superior del Estado una revisión especial de las contrataciones por honorarios del Ayuntamiento de San Luis Potosí. Además, adelantó que presentará denuncias ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, el Instituto Nacional Electoral y la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales. En ese mismo contexto, advirtió que podría impulsar un juicio político contra Galindo por el presunto uso irregular de recursos públicos.

Galindo, por su parte, sostuvo que puede acreditar la función que desempeña Dahud dentro de la administración municipal y respondió con un señalamiento contra el diputado. El alcalde afirmó que registros de transparencia ubican a Gámez como director general en la Secretaría General de Gobierno, con un sueldo cercano a los 32 mil pesos mensuales

, y señaló que, si no ha renunciado, “eso sí es un delito”.

La consecuencia jurídica de ese supuesto sería mayor para el legislador. El artículo 49 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí prohíbe que los diputados desempeñen, sin licencia del Congreso, cargos o empleos remunerados en los gobiernos federal, estatal o municipal. La propia norma establece que la infracción se castiga con la pérdida del cargo.

Documentos atribuidos a la Secretaría General de Gobierno, citados por medios potosinos señalan que Gámez presentó renuncia voluntaria e irrevocable al cargo el 29 de febrero de 2024, con efectos a partir del 1 de marzo de ese año. Es decir, más de seis meses antes de asumir como diputado local.

Los documentos referidos incluyen un aviso de suspensión de pago y un movimiento de personal con folio SGG/127/2024. No obstante, también existe un documento atribuido a la CEGAIP actualizado al 30 de agosto del presente año en el que aparece el nombre del legislador como Director de área en la SGG.

Tanto el contrato de Dahud como el expediente de personal de Gámez pueden solicitarse por la vía de transparencia, pero la Plataforma Estatal de Transparencia permanece suspendida desde el 5 de octubre debido a trabajos de actualización y adecuación, según informó la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública a través de sus redes sociales 8 días después.

La CEGAIP prevé reanudar el sistema el 19 de octubre. Mientras tanto, los registros de honorarios del Ayuntamiento capitalino y los datos de personal de la Secretaría General de Gobierno no pueden consultarse en esa plataforma.

En juego está la amenaza de juicio político contra el alcalde o la pérdida de la curul por parte de Gámez.

También lee: Galindo revira a Gámez: cobra en Gobierno y Congreso; exige que deje la Directiva

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Rosas Montiel busca que los municipios presupuesten dinero para bomberos

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El diputado de Morena presentó en abril la reforma que obligaría a los ayuntamientos a incluir una partida anual para los bomberos

Por: Haniel Valdés

El diputado local Luis Emilio Rosas Montiel dijo que su iniciativa para obligar a los municipios a destinar dinero a los bomberos sigue en comisiones, unos seis meses después de que la presentó. La propuesta, de abril, reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre para que los 59 ayuntamientos incluyan una partida anual para los cuerpos de bomberos.

Explicó que la iniciativa, que dijo tiene el visto bueno del comandante Adolfo Benavente Duque y de los bomberos, obliga a los municipios a incluir ese monto en el paquete económico que envían al Congreso y a visitar las estaciones para hacer un inventario de sus deficiencias.

Rosas Montiel dijo que el problema no es solo de la zona metropolitana, sino también de Matehuala, Ciudad Valles y Rioverde. “No es posible que ni siquiera pongan para la gasolina, muchos de ellos”, afirmó.

Según sus cifras, el cuerpo de bomberos metropolitano tiene un déficit de 38 millones de pesos. Afirmó que, de los nueve municipios a los que da servicio, solo uno aporta, y que de las ocho estaciones únicamente cuatro están en servicio.

El patronato de los bomberos señaló otra cuenta: recibe 1.85 millones de pesos al mes del Gobierno del Estado y de los ayuntamientos de la capital y Soledad, y opera con un déficit mensual de 800 mil a 900 mil pesos. Dijo también que solo cuatro estaciones abren las 24 horas y que otras lo hacen “un día sí y un día no”.

El diputado aseguró que el último camión nuevo que se donó a los bomberos de la zona metropolitana fue en el año 2000, hace 26 años. Dijo además que los trajes de protección son donados desde Estados Unidos y que los bomberos le han comentado que entran a los incendios sin saber si tienen algún químico que los haga prenderse.

Sobre el avance de la iniciativa, señaló que está en la Comisión de Régimen Interno, que dijo que preside Rubén Guajardo, y que hay que hacer el cabildeo. “Estaré dándole seguimiento como a todas las iniciativas que tengo”, afirmó.

También lee: Bomberos atienden a nueve municipios, pero sólo dos les pagan

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Diputados modifican las reglas del Impuesto Sobre la Renta para pequeños contribuyentes y grandes empresas

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El ajuste amplía el techo del régimen simplificado y acota los gastos deducibles de las corporaciones

Por: Roberto Mendoza

En el Palacio Legislativo de San Lázaro, la Cámara de Diputados avaló en lo general, con 349 votos a favor, 118 en contra y ninguna abstención, el proyecto enviado por el Ejecutivo Federal para reformar el cobro del Impuesto Sobre la Renta. Durante la presentación del documento, Carol Antonio Altamirano, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, resumió el objetivo de los controles incorporados: “Se combate el uso indebido de facturas y deducciones”.

Para el sector de menores ingresos, el ajuste permite que profesionistas, arrendadores y dueños de micronegocios que perciban hasta cinco millones de pesos al año —un millón y medio más que el tope previo— tributen en el Régimen Simplificado de Confianza con una tasa máxima mensual del 2.50 por ciento. El esquema se extiende además a negocios que facturen hasta 50 millones de pesos anuales, y los productores del campo y la pesca quedan exentos de impuestos hasta por un millón de pesos.

Por el contrario, a las compañías con ingresos superiores a 50 millones de pesos anuales se les restringe el porcentaje de gastos operativos y de pérdidas de años anteriores que pueden descontar. También se reduce del 30 al 20 por ciento

la deducción por intereses de deuda, se suprime el régimen opcional para grupos de sociedades y se condiciona la deducción de pagos enviados al extranjero a que primero entreguen la retención al fisco.

Respecto a estos candados, el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas advirtió que aplicar un límite generalizado, en vez de detectar individualmente las facturas improcedentes, posterga las deducciones excedentes hasta por veinte años e incrementa el pago inmediato del impuesto para las industrias manufactureras y comerciales que operan con márgenes de utilidad reducidos.

La reforma también fija en la ley, con vigencia hasta 2030, incentivos fiscales para descontar de inmediato las inversiones y los gastos en capacitación e innovación dentro del Plan México y en los corredores industriales del Istmo de Tehuantepec, Yucatán y de economía circular. Con estas medidas, el Gobierno Federal proyecta simplificar el pago de contribuciones, frenar a las empresas factureras y captar mayores recursos para programas sociales y obras de infraestructura.

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