enero 13, 2026

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Congreso del Estado

10 MDP listos para plebiscito sobre Villa de Pozos

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El gobierno estatal transfirió al Congreso la primera entrega del recurso para el plebiscito, el cual enviarán al CEEPAC para su administración.

Por: Redacción

El Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Finanzas ya liberó los primeros 10 millones de pesos para que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), pueda organizar y realizar el plebiscito para que los habitantes de la Capital Potosina emitan su opinión si están de acuerdo o no, en que la delegación de Villa de Pozos se convierta en municipio.

El diputado José Luis Fernández Martínez, presidente de la Comisión de Gobernación de la LXIII Legislatura, informó que “ya fue transferida al Congreso del Estado la primera entrega del recurso pactado para realizar el plebiscito, es por la cantidad de 10 millones de pesos, los cuales serán enviados al CEEPAC para su administración”.

Añadió que personal de la Oficialía Mayor del Congreso del Estado, de la Secretaría de Finanzas y del propio CEEPAC ya trabajan en la generación de un calendario para la administración de los recursos para organizar y realizar el plebiscito en la capital potosina.

Se espera que en las próximas semanas se liberen el resto de los recursos, que podría ser una partida por 10 millones de pesos o dos partidas de cinco millones de pesos cada una, para completar los 20 millones de pesos que se tienen presupuestados para que las autoridades electorales realicen el plebiscito.

El diputado José Luis Fernández Martínez hizo un llamado a la población para que esté informada y consciente de los objetivos que se persiguen en el plebiscito para que opinen si están a favor o no, de que la delegación de Villa de Pozos recupere el nombramiento de municipio

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Nosotros lo que queremos con este ejercicio que realizará el CEEPAC,  es conocer la opinión de la ciudadanía, debe quedar claro que no vamos a elegir autoridades. Desafortunadamente en este proceso, algunos actores lo han magnificado en la búsqueda de reflectores y captar protagonismo para aparecer en los medios de comunicación con alguna bandera política”.

“En el fondo, el plebiscito  es un ejercicio ciudadano, en donde se quiere conocer la opinión de los habitantes de la Capital y, la pregunta es sencilla, es para saber si están de acuerdo o no en que la delegación de Villa de Pozos se convierta en un municipio”.

Puntualizó que, existe plena confianza en la capacidad del CEEPAC para entregar un buen producto y, en el Congreso del Estado se han cuidado todos los aspectos para emitir un dictamen muy completo y, para ello, se están haciendo estudios a profundidad para ver la viabilidad de que la Delegación de Villa de Pozos se convierta en municipio.

 

 

También lee: ¿Quiénes pueden participar en la votación del plebiscito de Villa de Pozos?

Congreso del Estado

Ley de Aguas y Ley Electoral serán prioritarias en la agenda: diputado

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Cuauhtli Moreno dijo que como Grupo Parlamentario del Morena, se seguirán realizando jornadas de concientización entre la ciudadanía

 

Por: Redacción 

El diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, informó en rueda de prensa que la agenda para el primer semestre del año abordará temas sobre la Ley General de Aguas, la Ley Electoral, la Ley de Amnistía y la transformación de la Comisión Estatal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (CEGAIP).

Asimismo dio a conocer que como Grupo Parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), se seguirán realizando jornadas de concientización entre la ciudadanía para defender la soberanía nacional, ante los hechos ocurridos en Venezuela que tienen un impacto global.

El fortalecimiento de la soberanía es importante y desde la plaza pública a través de asamblea, es como se manifiesta el respaldo a la presidenta Claudia Sheinbaum, bajo el liderazgo de la lideresa local de ese partido Rita Ozalia Rodríguez, con unidad, participación ciudadana y un compromiso indeclinable con la Nación, dijeron.

 

 

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Congreso del Estado

Pide Congreso estrategias para evitar aguas negras en la presa San José

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El incremento en la evaporación por actividad metabólica del lirio puede tener serias implicaciones en lugares en donde el agua es escasa

Por: Redacción

El diputado Cuauhtli Badillo Moreno propuso un Punto de Acuerdo para exhortar a INTERAPAS, CEA y CONAGUA a informar qué acciones aplican para evitar que aguas negras lleguen a la presa San José.

 

En el mismo exhorto, se busca que dichas autoridades precisen si realizan labores de limpieza, en qué consisten y qué medidas tomarán para prevenir la proliferación de lirio y el desfogue de aguas negras.

 

Señala en su exposición de motivos, que desde hace algunos años la presa San José está invadida por lirio acuático, que es una planta flotadora, una especie de raíz acuática que degrada el medio ambiente; principalmente los residuos que dejan en el agua al conjuntarse con compuestos químicos para su potabilización.

 

El incremento en la evaporación debido a la actividad metabólica del lirio puede tener serias implicaciones en aquellos lugares en donde el agua es escasa o secar completamente los cuerpos de agua, entorpece el libre flujo del agua, pone en riesgo a los seres vivos que habitan en el afluente y se vuelve criadero de insectos transmisores de enfermedades.

 

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Congreso del Estado

Violencia física o moral vs menores se perseguirá de oficio: Congreso

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La reforma establece que los casos de abuso sexual calificado a que se refiere el párrafo tercero de este artículo, se perseguirán de oficio.

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó el Decreto por el que se reforma el artículo 178 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de que el delito de abuso sexual se persiga de oficio, cuando se trate de menores de edad, cuando se haga uso de la violencia física o moral, o con la participación o autoría de dos o más personas, entre otr os.

 

La reforma establece que los casos de abuso sexual calificado a que se refiere el párrafo tercero de este artículo, se perseguirán de oficio. Dichos casos se refieren a las siguientes conductas: cuando haya sid o cometido en contra de un menor de dieciocho años, o de una persona que por su condición no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o que no tiene capacidad para resistirlo.

 

Cuando se hiciere uso de la violencia física o moral; cuando se haya realizado con la participación o autoría de dos o más personas; cuando el delito lo cometiere el ministro de algún culto religioso, instructor, mentor o, en general, por la persona que tenga al ofendido bajo su custodia, guarda, educación, o aproveche la confianza en el otorgada para cometer el delito, y cuando se haya suministrado a la víctima alguna sustancia tóxica que le impidiera evitar la ejecución del acto.

 

 

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