noviembre 3, 2026

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Congreso del Estado

Congreso trabajará con alcaldes para que los policías municipales se certifiquen

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EN FA Lo esencial de esta nota, sin sustituir al periodista.Abrir resumenCerrar resumen

El diputado Cuauhtli Badillo, presidente de la Comisión de Seguridad del Congreso, dijo que los policías que no reciben el salario mínimo de 14 mil pesos pueden denunciar a su ayuntamiento o promover un amparo. También dijo que trabajarán con los alcaldes para que los agentes obtengan el Certificado Único Policial, que según él la mayoría no tiene.

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Cuauhtli Badillo dijo que los agentes pueden acudir al órgano de fiscalización, al tribunal administrativo o promover un amparo

Por: Redacción

Los policías municipales que no reciben el salario mínimo de 14 mil pesos mensuales que fija la ley pueden denunciar a su ayuntamiento, dijo el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado.

“Los propios policías que no han recibido ese salario pueden realizar las denuncias correspondientes, ir al órgano de fiscalización, al tribunal de administración, y pueden generar hasta un amparo”, explicó. Un amparo es un juicio para pedir a un juez que proteja un derecho que la autoridad no está respetando.

El legislador reconoció que hay ayuntamientos que no han cumplido con el sueldo y que podrían recibir sanciones. Aclaró que eso depende de la revisión del Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), el órgano que revisa cómo gastan su dinero los gobiernos, y que “hay que esperar a que el tema se revise con puntualidad para conocer detalles”.

Los plazos ya vencieron

La obligación viene de la reforma constitucional publicada el 16 de abril de 2026, que fija un salario mínimo de 14 mil pesos para los policías de los 59 municipios. El plazo para cumplirla venció el 31 de agosto.

Al cierre de ese plazo, 24 ayuntamientos entregaron documentos para demostrar que ya pagan ese sueldo, y Ciudad Valles y Soledad ya lo acreditaban. El 2 de octubre, el gobernador Ricardo Gallardo Cardona

dijo que hay una lista de “más o menos 10” alcaldes que podrían ser inhabilitados, es decir, que se les prohibiría ocupar cargos públicos durante un tiempo.

Sin certificado

Badillo dijo que la comisión trabajará con los presidentes municipales en la capacitación de los policías y en el Certificado Único Policial (CUP), un documento que acredita que un agente cumple con los requisitos de formación y evaluación que pide la Federación. Según el diputado, la mayoría de los policías municipales no lo tiene.

“Lo más importante es que tengan los CUP. Con ello, la Federación da cuenta de qué tan bien capacitados o cuántos policías están capacitados para brindarle seguridad a sus municipalidades”, dijo.

Contó que hace poco estuvo en San Luis Potosí personal del órgano certificador del Gobierno de México para evaluar el tema, y que el Congreso buscará la manera de apoyar con cambios a las leyes “para que existan mejores policías municipales”.

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Congreso del Estado

Proponen garantizar albergue y defensa legal a niñez migrante en SLP

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La iniciativa obliga al DIF estatal y a los municipales a dar protección y alojamiento mientras el Instituto Nacional de Migración define su situación

Por: Redacción

La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado. Busca garantizar a los menores migrantes albergue, no detención, no devolución y defensa legal.

La no devolución significa que no se puede regresar a una persona a un lugar donde su vida o su libertad corran peligro. La defensa legal en suplencia es que una autoridad, como la Procuraduría de Protección del DIF, represente al menor cuando no tiene a sus padres o tutores.

El DIF, mientras se resuelve su situación

Según la propuesta, mientras el Instituto Nacional de Migración (INM) define la situación migratoria de un menor, el Sistema Estatal DIF o los Sistemas Municipales DIF deberán darle protección integral y alojamiento. El interés superior de la niñez, es decir, poner por delante lo que más convenga al menor, deberá ser lo primero en todas las decisiones.

Las autoridades estatales y municipales tendrán que dar los servicios que les correspondan a todos los menores en situación de migración, sin importar su nacionalidad ni su situación migratoria. Esto incluye a quienes viajan solos o acompañados, a los que fueron separados de su familia, y a los menores mexicanos, extranjeros y repatriados.

Sin invadir competencias

La iniciativa aclara que ni el Estado ni los municipios pueden decidir sobre la situación migratoria de una persona extranjera, porque eso le toca a la federación. La reforma, dice, se limita a la protección y la asistencia que ya les corresponden por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En su exposición de motivos, la diputada señala que los menores migrantes están expuestos a ser detenidos, al crimen organizado, al tráfico de personas, a la violencia, al hambre y al frío, y a no tener acceso a servicios de salud.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Niñas, Niños, Juventud y Deporte del Congreso del Estado.

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Congreso del Estado

Aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre; mínimo es de 15 días

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El adelanto del aguinaldo para El Buen Fin depende de las condiciones de cada empresa, detalló el diputado César Arturo Lara

Por: Redacción

El sector productivo de San Luis Potosí cuenta con condiciones para cumplir en tiempo y forma con el pago de aguinaldos y otras prestaciones de fin de año, consideró el diputado César Arturo Lara Rocha, quien estimó que la mayoría de las empresas se encuentran preparadas para cubrir estas obligaciones laborales.

El legislador señaló que las empresas formales suelen anticipar sus presupuestos desde meses antes para garantizar el pago a sus trabajadores, por lo que previó que el cierre de año transcurra sin mayores inconvenientes en esta materia.

Recordó que, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre y que el monto mínimo para las personas trabajadoras sujetas a esta legislación equivale a 15 días de salario. La prestación puede ser mayor cuando así lo est ablezcan los contratos o las condiciones laborales.

Lara Rocha llamó a los empleadores a cumplir con esta obligación dentro del plazo legal y garantizar que sus trabajadores reciban el pago correspondiente.

Sobre la posibilidad de adelantar el aguinaldo para que las personas puedan aprovechar las promociones de El Buen Fin, indicó que depende de las condiciones de cada empresa. Añadió que no todos los trabajadores tienen acceso a este beneficio, particularmente cuando no existen contratos colectivos que contemplen acuerdos de esa naturaleza.

El diputado también señaló que el pago de esta prestación contribuye a incrementar la circulación de recursos y dinamizar la actividad económica durante la temporada de fin de año.

Aunque el legislador previó un cierre sin contratiempos, su pronóstico corresponde a una estimación sobre el comportamiento del sector productivo y no a un balance de cumplimiento de las empresas.

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Congreso del Estado

Congreso aperueba incrementar sanciones por delito de despojo

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Incrementa la pena de dos a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a quinientos días del valor de la UMA

Por: Redacción

Para fortalecer el marco sancionador respecto al delito de despojo, a fin de incrementar la pena básica  y establecer un catálogo de agravantes, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto que  reforma al artículo 228 Bis del Código Penal del Estado.

 

El dictamen, presentado por la Comisión Primera de Justicia que preside la diputada Leticia Vázquez Hernández, incrementa la pena de dos a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización. Anteriormente se establecía de uno a cinco años de prisión.

 

Se establecen agravantes, para incrementar la pena hasta en una mitad más en sus límites mínimo y máximo, cuando: se simulen actos de autoridad; se utilice documentación falsa; participe un servidor público, en cuyo caso, se impondrá además la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; y cuando se cometa en contra de un ascendiente o persona adulta mayor.

 

En la exposición de motivos se señala que el derecho a la propiedad y a la posesión pacífica de los bienes constituye un pilar fundamental consagrado en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos tratados internacionales de derechos humanos suscritos por México.

 

El despojo, al implicar la ocupación ilícita de inmuebles o el ejercicio indebido de derechos reales mediante violencia física o moral, engaño o de manera furtiva, no solo afecta el patrimonio de las víctimas, sino que también genera un profundo impacto en su seguridad, tranquilidad y confianza en las instituciones. En un contexto donde la propiedad es un pilar para el desarrollo económico y social, el aumento de este delito representa una amenaza significativa para el orden público y la cohesión social en San Luis Potosí.

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