abril 17, 2026

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Congreso del Estado

Congreso busca fortalecer protección a mujeres por violencia vicaria

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La iniciativa propone establecer que esta violencia se manifiesta a través de diversas conductas, como amenazar con causar daño a los hijos

Por: Redacción

La diputada Jessica Gabriela López Torres, propuso una modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, a fin de ampliar la definición legal de la violencia vicaria, incorporando las formas en que esta violencia se manifiesta para dar una protección más amplia a las mujeres que la sufren.

 

Señala que la actual legislación únicamente incorpora el concepto de violencia vicaria, la falta de claridad en las conductas que constituyen violencia vicaria dificulta la actuación de las autoridades, obstaculiza el acceso a la justicia de las víctimas, y permite que los agresores encuentren resquicios legales para evadir su responsabilidad.

 

“Hemos sostenido mesas de trabajo con el Frente Contra la Violencia Vicaria, aquí en San Luis Potosí, y revisando la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, nos dimos cuenta que en el artículo cuarto estaba señalada esta violencia, sin embargo no contenía los elementos, solamente daba una breve explicación de lo que era la violencia vicaria, pero no contenía los elementos, y ésta iniciativa es precisamente para reformar este artículo cuarto, y que ya existan como tal cuáles son los supuestos en que hay violencia vicaria, cómo es que se conforma”.

 

La iniciativa propone establecer que la violencia vicaria se manifiesta a través de diversas conductas, entre las que se encuentran; amenazar con causar daño a las hijas e hijos; amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; utilizar a las hijas e hijos para obtener información respecto de la madre; promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas e hijos en contra de la madre; promover, incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial.

Congreso del Estado

Delito de abandono se investigará de oficio cuando involucre a personas con discapacidad

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La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia

Por: Redacción 

 

Integrantes de la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal del Estado, para establecer que el delito de abandono sea investigado de oficio, cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad, informó la diputada María Leticia Vázquez Hernández.

 

La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia y así se planteará ante el Pleno, donde se someterá a votación, informó la presidenta de la Comisión legislativa, Leticia Vázquez. La iniciativa fue presentada por la diputada Jaquelinn Jáuregui Mendoza.

 

El objeto de esta iniciativa es establecer que el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar en su vertiente de abandono de persona se persiga de oficio en los casos mencionados, teniendo la obligación el Ministerio Público de actuar con debida diligencia para la protección de sus derechos.

 

 

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Congreso del Estado

Congreso busca garantizar responsabilidad alimentaria del padre biológico

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Propone eliminar cualquier ambigüedad para garantizar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas y los niños y adolescentes

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.

La propuesta plantea establecer de manera explícita que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso en los casos donde un menor haya sido reconocido legalmente por un tercero.

La legisladora señaló que, el derecho a recibir alimentos constituye un derecho humano fundamental consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Niñas y los Niños.

Explicó que, si bien el Código Familiar del Estado establece la obligación de proporcionar alimentos derivada de la relación de filiación

, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad bajo el argumento de que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre.

Ante esta situación, la diputada Hernández Ramírez consideró la importancia de realizar ajustes legales que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.

Además la iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145 así como crear el artículo 145 Bis y adicionar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.

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Congreso del Estado

Congreso propone garantizar reparación a víctimas indirectas de femenicidio

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La propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia y garantizar la protección de las víctimas indirectas de feminicidio, la diputada Dulcelina Sánchez De Lira presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en concordancia con la Ley General de Víctimas y el Protocolo Spotlight.

La legisladora señaló que, la propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas, mediante el acceso a educación, salud y sustento.

Además señaló que la iniciativa contempla reformas y adiciones a los artículos 135, 135 Bis y 135 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en los que se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, además de precisar que toda muerte violenta de una mujer deberá ser investigada de oficio, bajo el protocolo especializado en feminicidio.

Asimismo, se detallan las circunstancias que configuran razones de género, entre ellas la existencia de relaciones de parentesco, afecto, laborales, docentes o de confianza entre la víctima y el agresor

, así como la presencia de violencia sexual, lesiones degradantes, mutilaciones, uso de sustancias corrosivas o actos que generen sufrimiento.

La legisladora Dulcelina Sánchez, indicó que esta propuesta además busca incorporar el concepto de feminicidio en grado de tentativa, cuando se realicen actos encaminados a privar de la vida a una mujer por razones de género, sin que el delito se consuma por causas ajenas a la voluntad del agresor.

En lo referente al artículo 135 Ter, se establece que en toda sentencia condenatoria por feminicidio, el juzgador deberá garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, incluyendo el pago de indemnización y gastos funerarios, acceso gratuito y permanente a servicios de salud mental y atención médica especializada, así como mecanismos que aseguren el sustento alimenticio y educativo de las hijas e hijos menores de edad o con discapacidad.

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